Documentos La independencia de las colonias hispanoamericanas: documentos, escritos y pensamiento político (II)

Un precursor de la emancipación americana: Antonio Nariño y Álvarez

Antonio Gutiérrez Escudero | Escuela de Estudios Hispano-Americanos (CSIC), Sevilla

 

Resulta difícil encontrar, a lo largo del siglo XVIII, una provincia hispanoamericana que no registre algún tipo de movimiento de protesta, tumultos, motines, algaradas, etc., todos ellos de muy distinta génesis, pero que en ocasiones han sido considerados como antecedentes de la posterior emancipación de las colonias aún cuando los motivos que los impulsara nada tuvieran que ver con este hecho. De igual modo, en estas mismas regiones ultramarinas y en esta misma época aparecen una serie de individuos de ideas avanzadas, que tratan de introducir en el territorio donde viven  las nuevas corrientes ilustradas procedentes de Europa, pero a los que la falta de agilidad política de la metrópoli les condujo a posiciones independentistas. Estos llamados “precursores” son, hoy por hoy, el orgullo de las repúblicas americanas en cuanto impulsores de su nacimiento como naciones soberanas.

Una de estas personas fue el colombiano Antonio Nariño y Álvarez, que aparte de otras consideraciones demostrativas de su valía como humanista y político, atesora el mérito de ser el primero en traducir en Hispanoamérica la “Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano” aprobada por la Asamblea francesa en 1789. De la importancia de este trascendental documento baste decir que siempre se le tuvo presente en la redacción de las primeras constituciones de los nuevos estados hispanoamericanos independientes.

Este criollo precursor de la independencia neogranadina vino al mundo un nueve de abril de 1765 en Santa Fe de Bogotá, capital del virreinato de Nueva Granada (cuya jurisdicción abarcaba, en esos momentos, gran parte de los territorios de las actuales repúblicas de Colombia, Ecuador y Panamá).  Se cumple en este presente año, pues, el doscientos cuarenta aniversario del nacimiento del que fuera el tercer hijo -de un total de ocho- del matrimonio formado por don José Vicente Nariño, natural de Santiago de Compostela y oficial de las cajas reales del virreinato, y de la criolla santafereña doña Catalina Álvarez de Casal, de padres nacidos en Madrid y Galicia.

Antonio Nariño fue alumno del Colegio de San Bartolomédonde recibió una esmerada educación acorde con la prestigiosa posición social de su familia, si bien por problemas de salud no continuó los estudios que le hubieran llevado hasta la Universidad. Este hecho no fue obstáculo alguno en su formación intelectual, ya que gracias a disponer de una buena biblioteca familiar –que más tarde él mismo se encargaría de ampliar- y a su innata pasión por la lectura, no le faltaron medios para alcanzar una extraordinaria cultura y solidez mental. En cierto modo podríamos decir que estamos ante un erudito autodidacta a quien la muerte de su progenitor en 1778, además, le encaminaría hacia actividades económicas relacionadas con los negocios, el comercio de exportación, las finanzas, etc., de las que obtuvo un buen provecho. No menor importancia tuvo la excelente dote que recibió por su casamiento con Magdalena Ortega y Mesa, hija del administrador de la renta del aguardiente.

Nariño fue testigo directo, en cuanto abanderado de un regimiento de milicias, del movimiento de los comuneros de Nueva Granada[1] y del ajusticiamiento de uno de sus muchos líderes, el mestizo José Antonio Galán, hechos que sin duda dejaría honda huella en su memoria. A nivel personal la vida parecía sonreírle pues bien pronto había accedido a cargos políticos (alcalde ordinario de su ciudad natural, alcalde mayor provincial, regidor), al tiempo que supo granjearse la amistad de los virreyes Francisco Gil de Taboada y José de Ezpeleta -ambos buenos difusores de las ideas ilustradas de la época, fomentadores de la cultura y del progreso, promotores de la aparición de los primeros periódicos, etc. La confianza que en él depositaron estas dos máximas autoridades  le auparon hasta el importante al cargo de tesorero de los diezmos del arzobispado, donde dispuso de considerables sumas de dinero que invirtió en determinadas empresas (azúcar y quina) y en negocios especulativos que mucho más tarde servirían a sus enemigos para acusarle de malversación de fondos.

Esta desahogada posición financiera le permitiría satisfacer su principal afición, los libros,  ya fuese mediante el encargo al extranjero o la compra-venta, ya mediante la adquisición de la biblioteca de Pedro Fermín de Vargas, otro criollo de ideales revolucionarios. No tardó mucho en disponer de una importantísima colección de libros -una de las mejores de su época-,  que en el periodo de máximo apogeo alcanzaría los 700 títulos “propios o en depósito” y donde podían encontrarse joyas maestras escritas por Arias Montano, Buffón, Cicerón, Condillac, Mirabeau, Montesquieu o Voltaire, entre otros. Esta librería tuvo su asiento en la amplia mansión familiar de la Plazuela de San Francisco, lugar en el que además decidió organizar una tertulia literaria que llevó por nombre “El Arcano Sublime de la Filantropía” y cuyo objetivo era “pedir un ejemplar de los mejores diarios, gacetas extranjeras, los diarios enciclopédicos y demás papeles de esa naturaleza. A determinadas horas...se leen los papeles, se critica y se conversa sobre aquellos asuntos, de modo que se puedan pasar un par de horas, divertidas y con utilidad”.

En estas reuniones intelectuales, a imagen de las que se celebraban en Europa, se dieron cita destacadas personalidades del virreinato como Francisco Antonio Zea,  José María Lozano, Francisco Tovar y José Luis Azuola, el quiteño Eugenio Espejo, etc., y en ellas circularon las obras de autores enciclopedistas, se analizó la constitución de los Estados Unidos de Norteamérica, se discutió sobre la Revolución Francesa, se opinó acerca del sistema gubernamental hispano y, sin duda, se hablaría de las ventajas e inconvenientes de la independencia de la metrópoli. Sin pensar demasiado en el riesgo que asumía, es posible que este efervescente ambiente político le llevara –en diciembre de 1793- a traducir y publicar en la Imprenta Patriótica de su propiedad los 17 artículos de la “Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano” de 1789, como ya hemos dicho.

La publicación de sentencias tan rotundas como las contenidas en la Declaración -“Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos” (artículo 1º), “El principio de la soberanía reside esencialmente en la Nación” (art. 3), “Todo hombre se presume inocente hasta que haya sido declarado culpable” (art. 9º), “Ninguno debe ser inquietado por sus opiniones, aunque sean religiosas” (art. 10º),  “La libre comunicación de los pensamientos y de las opiniones es uno de los derechos más preciosos del hombre”,  (art. 11º), “La sociedad tiene derecho de pedir cuenta de su administración a todo agente público” (art. 15º)- no podían dejar indiferentes a las autoridades neogranadinas y Nariño fue encarcelado.

Consideramos este un hito clave en la biografía de Nariño, pues supuso un cambio radical en el desarrollo de su existencia vital. Si hasta entonces podríamos haberlo considerado como un hombre afortunado,  respetado por todos y de reconocido intelecto e influencia social, de pronto parecía que todas las desgracias e infortunios se acumulaban en su persona, circunstancias adversas, además, que pese a sus esfuerzos no pudo modificar y que permanecerían prácticamente inalterables hasta el momento de su muerte. No sólo fue enjuiciado, desde un punto de vista político, por la difusión de la “Declaración” y la divulgación de varios pasquines subversivos que también se le atribuyó, sino que además, lo que fue aún más vergonzoso para él y su familia, se le acusó de desfalco en el uso de los fondos utilizados durante el periodo de tesorero de los diezmos, y aunque no se aportaron pruebas contundentes del fraude, ésta inculpación le perseguiría ya para siempre y le sería recordada con frecuencia cada vez que pretendiera acceder a un puesto político relevante.

El juicio contra Nariño, por otra parte, demostró las diferencias reinantes entre los distintos precursores independentistas o bien la seguridad de estos próceres de que quien interviniera a su favor en la causa seguiría idéntica suerte a la del acusado –y así sucedió, en efecto. No de otro modo podemos considerar el hecho de que Camilo Torres se negara a defenderle en el proceso, al igual que, uno tras otro, todos los abogados a quienes se dirigió. Uno de ellos, forzado por las circunstancias, declara sin ambages que “la excusa que hice de no querer ser personero de la causa de don Antonio Nariño que ciertamente lo hice por miedo, a causa de que todos los abogados que había se habían excusado”.

 No fueron los únicos que le abandonaron, otros muchos amigos y participantes en las tertulias literarias le retiraron la lealtad debida en el momento en que más la necesitaba. Tuvo que ser su propio cuñado, José Antonio Ricaurte[2], quien asumiera una defensa condenada de antemano al fracaso pese al extensísimo testimonio redactado por Nariño frente a las acusaciones de la fiscalía. Pero como ésta misma expuso en sus conclusiones: “la doctrina de este escrito [La Declaración], en las presentes circunstancias, es un veneno capaz de ofender gravemente la pública tranquilidad”. La sentencia condenatoria fue la consecuencia lógica a las querellas interpuestas: se le condenó al encierro por espacio de diez años en un presidio africano, al destierro perpetuo de los territorios americanos y la confiscación de todos sus bienes –quedó por ello en la ruina- y “a que el libro original de donde se sacó y tradujo su impreso, igualmente que el alegato de contestación a la acusación fiscal con todas las demás copias...sean quemadas en la plaza mayor de esta ciudad por mano del verdugo”.

En marzo de 1796 la nave que le conducía a la Península arribaba al puerto de Cádiz. En circunstancias un tanto extrañas, quizás favorecido por el ajetreo y fragor de esos primeros instantes de la llegada, Nariño consigue escabullirse. Gracias a la ayuda de distintas personas –de filiación masónica, se ha dicho- logra los recursos precisos para emprender viaje a Madrid con la ilusa pretensión de que Carlos IV acceda a recibirle o cuanto menos atienda su petición de clemencia. Nada de ello consigue y ante la confidencia de una inmediata detención huye a Paris, relacionándose con otros exiliados y precursores hispanoamericanos. Desde Francia pasará a Inglaterra, regresando a territorio francés poco después para embarcar hacia el continente americano ya con la clara intención de promover acciones revolucionarias conducentes a la independencia. A mediados de 1797 retornaba a Santa Fe ante la promesa de las autoridades coloniales –y el aval del arzobispo Martínez Compañón- de que sería perdonado, pero el virrey Mendinueta no cumplió la palabra dada y decretó su detención inmediata.

Nariño permanecería encarcelado, con periodos de prisión atenuada, hasta los últimos meses de 1810. No tuvo parte activa, por tanto, en la revolución del 20 de julio de 1810 que depuso al virrey, depositó el gobierno en manos de una junta suprema e inició el camino hacia la emancipación. Es más, de la tardanza en liberarle quizás pudiéramos deducir que los sublevados temieran que una persona de su prestigio acaparara todo el protagonismo. Muy pronto, sin embargo, hubo que tenerle en cuenta hasta el punto de ocupar la presidencia del estado de Cundinamarca en varias ocasiones y proclamar la independencia absoluta en 1813. Pero antes de llegar a esta proclamación el antiguo virreinato había comenzado una absurda disputa interna entre facciones centralistas y federalistas que metió de lleno al país en una guerra civil. Hubo ciudades, como Cartagena, que se declararon independientes tanto de Santa Fe como de la propia España

El 14 de julio de 1811 Nariño editaba La Bagatela,[3] un periódico que le serviría de tribuna pública para criticar abiertamente la disgregación reinante, las ambiciones políticas de las oligarquías locales y, en especial, los intentos por equiparar las circunstancias novogranadinas con las sucedidas treinta y cinco años antes en la independencia de las colonias inglesas de América y cuyo resultado fue el nacimiento de los Estados Unidos de Norteamérica. Con fina ironía, pero de forma rotunda, Nariño expone las diferencias esenciales (cultura, gobierno, formación, etc.) que impedían un desarrollo idéntico de los acontecimientos [En el apartado de los textos hemos seleccionado los artículos más significativos a nuestro juicio].

A mediados de 1813 el Congreso le nombra teniente general para que acaudillara las tropas que debían enfrentarse al ejército realista metropolitano en su intento por recuperar las colonias sublevadas. Derrotado por los españoles, fue hecho prisionero y enviado de nuevo a Cádiz donde sufriría un duro encarcelamiento durante el sexenio absolutista hasta recuperar la libertad en 1820. De esta época data la carta que escribe desde Gibraltar a su amigo Francisco Antonio Zea –incluida como texto- y que es una preciosa muestra del ambiente político reinante en el sur de la Península tras el pronunciamiento de Riego en Las Cabezas de San Juan, levantamiento contra Fernando VII, la reposición de la Constitución de 1812 y el inicio del llamado trienio liberal. En la extensa misiva Nariño constata el considerable número de americanos allí residentes, su precaria situación en algunos casos, las inevitables desavenencias que contribuyen a que él mismo huya a Gibraltar, las personas en quienes confiar –hecho que probablemente explique la ayuda recibida en 1796, etc. Por último, y fiel a su inmortal pasión por los libros, no puede reprimir una manifestación de alegría al declarar que ha hecho “un acopio de lo más exquisito que ha salido en Economía Política, en Guerra y sobre Constitución; ya que yo no pueda servir de nada, servirá lo que me acompaña”.

De nuevo en América, mantuvo una estrecha amistad con Simón Bolívar pues a ambos les unían muchas afinidades de pensamiento y acción. El Libertador le nombró vicepresidente de la Gran Colombia, le encomendó la apertura del Congreso de Cúcuta de 1821 y probablemente le hubiera requerido para otras diligencias de mayor enjundia. Pero nunca le faltaron enemigos a Nariño que aprovechaban cualquiera ocasión para recordarle el tema de la malversación de fondos de los diezmos. Así sucedió cuando salió elegido senador por Bogotá, circunstancia que le obligó a realizar una defensa personal de su honor ante el Senado en mayo de 1823. Es probable que la redacción del impresionante alegato presentado agotara sus fuerzas, pues el 13 de diciembre de ese mismo año fallecía en la villa de Leiva quien sin duda fue la principal personalidad colombiana de su época.

 

DOCUMENTOS

Texto 1 | DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE Y DEL CIUDADANO[4]

 

Los Representantes del pueblo francés, constituidos en Asamblea Nacional, considerando que la ignorancia, el olvido y el desprecio de los derechos del hombre son las únicas causas de las desgracias públicas y de la corrupción de los gobiernos, han resuelto exponer en una declaración solemne los derechos naturales, inajenables y sagrados del hombre, a fin de que esta declaración constantemente presente a todos los miembros del cuerpo social, les recuerde sin cesar sus derechos y sus deberes, y que los actos del Poder Legislativo y del Poder Ejecutivo puedan ser a cada instante comparados con el objeto de toda institución política, y sean más respetados; y a fin de que las reclamaciones de los ciudadanos fundadas en adelante sobre principios simples e incontestables, se dirijan siempre al mantenimiento de la Constitución y a la felicidad de todos.

En consecuencia, la Asamblea Nacional reconoce y declara en presencia y bajo los auspicios del Ser Supremo, los derechos siguientes del hombre y del ciudadano:

Artículo 1º. Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Las distinciones sociales no pueden fundarse sino sobre la utilidad  común.

Artículo 2º. El objeto de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre. Estos derechos son: la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión.

Artículo 3º. El principio de esta soberanía reside esencialmente en la Nación. Ningún cuerpo, ningún individuo puede ejercer autoridad que no emane expresamente de ella.

Artículo 4º. La libertad consiste en poder hacer todo lo que no dañe a otro; así, el ejercicio de los derechos naturales de cada hombre no tiene más límites que los que aseguran a los miembros de la sociedad el goce de estos mismos derechos. Estos límites no se pueden determinar sino por la ley.

Artículo 5º. La ley no puede prohibir sino las acciones dañosas a la sociedad. Todo lo que no es prohibido por la ley no puede ser impedido, y nadie puede ser obligado a hacer lo que ella no manda.

Artículo 6º. La ley es la expresión de la voluntad general. Todos los ciudadanos tienen derecho de concurrir personalmente o por sus representantes a su formación. Ella debe ser la misma para todos, sea que proteja o que castigue. Todos los ciudadanos, siendo iguales a sus ojos, son igualmente admisibles a todas las dignidades, puestos y empleos, sin otra distinción que la de sus talentos y virtudes.

Artículo 7º. Ningún hombre puede ser acusado, detenido ni arrestado sino en los casos determinados por la ley, y según las fórmulas que ella ha prescrito. Los que solicitan, expiden, ejecutan o hacen ejecutar órdenes arbitrarias, deben ser castigados; pero todo ciudadano llamado o cogido en virtud de la ley, debe obedecer al instante: de no, se hace culpable por la resistencia.

Artículo 8º. La ley no debe establecer sino penas estrictas y evidentemente necesarias, y ninguno puede ser castigado sino en virtud de una ley establecida y promulgada anteriormente al delito, y legalmente aplicada.

Artículo 9º. Todo hombre se presume inocente hasta que haya sido declarado culpable; si se juzga indispensable su arresto, cualquier rigor que no sea sumamente necesario para asegurar su persona, debe ser severamente reprimido por la ley.

Artículo 10º. Ninguno debe ser inquietado por sus opiniones, aunque sean religiosas, con tal de que su manifestación no turbe el orden público establecido por la ley.[5]

Artículo 11º. La libre comunicación de los pensamientos y de las opiniones es uno de los derechos más preciosos del hombre: todo ciudadano en su consecuencia puede hablar, escribir, imprimir libremente, debiendo sí responder de los abusos de esta libertad en los casos determinados por la ley.

Artículo 12º. La garantía de los derechos del hombre y del ciudadano necesita una fuerza pública: esta fuerza, pues, se instituye para la ventaja de todos, y no para la utilidad particular de aquellos a quienes se confía.

Artículo 13º. Para la mantención [sic] de la fuerza pública y los gastos de administración es indispensable una contribución común: ella debe repartirse igualmente entre todos los ciudadanos en razón de sus facultades.

Artículo 14º. Todos los ciudadanos tienen derecho de hacerse constar, o pedir razón por sí mismos, o por sus representantes, de la necesidad de la contribución pública, de consentirla libremente, de saber su empleo y de determinar la cuota, el lugar, el cobro y la duración.

Artículo 15º. La sociedad tiene derecho de pedir cuenta de su administración a todo agente público.

Artículo 16º. Toda sociedad en la cual la garantía de derechos no está asegurada, ni la separación de los poderes determinada, no tiene Constitución.

Artículo 17º. Siendo las propiedades un derecho inviolable y sagrado, ninguno puede ser privado, sino es cuando la necesidad pública, legalmente hecha constar, lo exige evidentemente, y bajo la condición de una previa y justa indemnización.


Texto 2 | LA BAGATELA

 

Apenas amaneció la aurora de nuestra liberta cuando se oyó por todo el reino la voz de Federación: voz vaga, aunque general, por que no se le asignó el verdadero significado que conforme a nuestra situación la convenía. Todas las provincias, mayores y menores, quisieron ser Estados Soberanos independientes, llevadas del entusiasmo que justamente tenían por el gobierno de la América Inglesa, pero sin advertir, ni reflexionar si estábamos en el mismo caso y circunstancias...la experiencia les hizo ver que no era lo mismo decretarse la Soberanía, que ejercerla, y llenar con acierto todos los importantes puestos que pide la formación de un nuevo gobierno: que formar una sabia y adecuada Constitución, con hombres capaces de llenar todos los ramos de la administración, no era obra del momento; ni podría verificarse todavía en unas Provincias que por el régimen del antiguo sistema de opresión y de ignorancia, carecían no solo de Escuela y Colegios para la instrucción, sino hasta de los libros aparentes por haber quemado la Santa Inquisición cuantos llegaban a nuestras costas...

El deseo que se ha manifestado generalmente por la federación de las Provincias, no sólo es un entusiasmo por el gobierno adoptado en la América Inglesa, sino que es un grito de la naturaleza: los grandes Estados no pueden ser libres sino bajo de este sistema, y mucho menos donde la pobreza, la ignorancia y una corta población diseminada en un inmenso terreno disponen a la servidumbre. Pero el sistema de convertir nuestras provincias en Estados Soberanos para hacer la federación es una locura hija de la precipitación de nuestros juicios y de una ambición mal entendida.

Vosotros lo habéis visto, señores, y lo habéis palpado en el dilatado tiempo de un año que llevamos bregando con esta quimera; yo apelo a vuestro mismo testimonio. ¿Qué Constitución tienen las Provincias? ¿Qué legislaturas tienen, ni pueden tener?...si nosotros en lugar de acumular nuestras luces, nuestras riquezas y nuestras fuerzas las dividimos en otras tantas partes como tenemos de Provincias? ¿Cuál será el resultado? Que si con la suma total de nuestros medios apenas nos podremos salvar, dividiéndonos, nuestra pérdida será tanto más probable cuanto mayor sea el número de partes en que nos dividamos” [Publicado el 11 de agosto de 1811].

“Conocí que había muchos a quienes hacía fuerza la necesidad en que nos hallábamos de abrazar este partido, pero que el medio por donde se les presenta, y el encaprichamiento en que los habían puesto el sistema de los Angloamericanos...Pero para sostener su sistema de soberanías parciales me contestaron que todos estos obstáculos quedarían vencidos uniéndose unas provincias a otras. Les pregunté...si en caso de convenirse a la unión, no entraríamos luego en la disputa de ¿cuál había de ser cabeza o capital de estas Provincias compuestas de otras? Que si, por ejemplo, se unían Cartagena y Antioquia, ¿no querrían Cartagena y Antioquia ser capitales?..Pero hay más les dije...la mayor parte de las Provincias, ni aún uniéndose con otras u otras dos de sus limítrofes pueden sostener la representación de Estados Soberanos para federarse bajo este aspecto. Supongamos que los Llanos se unan a Tunja, Pamplona al Socorro, Neyva y Mariquita a Santafé, Antioquia a Cartagena, el Chocó a Popayán y Santa Marta con el Valle de Upar  y Río de la Hacha hicieran otra provincia, pregunto ¿podrá cada una de estas seis Provincias mantener su representación? Me dijeron que sí, y que en la Federación del Norte América había también una desigualdad semejante, que se equilibraba con la fuerza de la Federación, que corría siempre a sostener a las más débiles contra las más fuertes, y que lo mismo sucedería aquí” [Publicado el 25 de agosto de 1811]

“No hay folleto, ni vieja, por rezandera que sea, que no nos tenga molidos los chichones con el sistema federativo. Ya no hay compañías de comercio, amistades, casamientos, ni puterías; todo es federación de comercio, federación de hombres, federación de sexos, con bendición de la Iglesia, o sin ella...

¿Ignora V. que ansían las Provincias por formar de estos diferentes miembros un cuerpo tan respetable y bien organizado como lo es el de los Estados Unidos? Dígame sr. Alquimista ¿cómo es que de unos miembros débiles y miserables va vd. a hacer un cuerpo respetable, y tan respetable como el de los Estados Unidos, que se compuso de miembros robustos y fuertes?...

Nos cuenta como una cosa nueva que la Constitución de los Estados Unidos es la más sabia y la más perfecta que se ha conocido hasta el día, y saca por consecuencia...que la debemos adoptar al pie de la letra...No basta que la Constitución del Norte América sea la mejor, es preciso que vd. nos pruebe que estamos en estado de recibirla, y esto jamás lo podrá vd. probar...La Constitución de los Estados Unidos es la más perfecta que hasta ahora se conoce; una Constitución tan perfecta para ser adoptada exige luces, virtudes y recursos que nosotros no tenemos, luego no estamos en el caso de aplicárnosla. ¿Qué remedio, pues, deberemos abrazar? El que abrazaría el hombre mediano a quien se le regalase un vestido cortado para otro de mayor estatura: hacerlo achicar y acomodar a su cuerpo...Es preciso proponerse a ojo cerrado engañar al público para tener el descaro de asegurar que los Norte-Americanos estaban al tiempo de su independencia en circunstancias muy semejantes a las nuestras...Vd. confiesa la debilidad y miseria de nuestras Provincias, quiere que la que no tenga letrados para formar un tribunal vaya a mendigar la justicia a la provincia vecina, que Cartagena, por ejemplo, se mantenga de limosnas, y en una palabra nos dice, que las Provincias no tienen los recursos que necesitan para sostener su independencia. Ahora bien, los Norte-Americanos formaron la más sabia Constitución que se conoce en el mundo, no tuvieron que mendigar tribunales que les administrasen justicia, ni pidieron limosnas para mantener su soberanía: luego los Estados Unidos no estaban en circunstancias iguales a las nuestras; luego no podemos adoptar literalmente su Constitución...

lo que propongo es que si no tenemos luces, riquezas y fuerzas para formar veinte gobiernos, formemos siquiera uno...

en el estado de inacción, desconcierto y debilidad a que nos ha reducido el orden de los sucesos, nada nos es tan preciso como un Poder Ejecutivo bastante eficaz y vigoroso para dar al Reino el impulso y movimiento que necesita” [Publicado el 20 de octubre de 1811]

“La libertad es a mi ver como un excelente vino generoso, que tomado con moderación anima la circulación y da una suave alegría al alma, pero que tomado con exceso causa la embriaguez y el delirio. Nosotros estamos en el segundo caso: hemos querido en un día la libertad que las otras partes del mundo han tomado a tragos en el espacio de centenares de años...Pero ¿el Norte América? se pregunta...Que cierto es que cuando el hombre desea una cosa se ciega y trata él mismo de alucinarse: el Norte-América ha estado dos siglos bebiendo la libertad que nosotros nos queremos beber en un día.

Cuando aquí era un delito horrendo la palabra libertad, cuando no se atrevían a pronunciarla los mismos que ahora dicen que estamos en el mismo caso que los Norte-Americanos, allí se reclamaba ante el Parlamento Inglés como un derecho. Cuando se ignoraba aquí la palabra Legislatura, y el derecho de concurrir el pueblo a la elección de sus representantes, allí hacía doscientos años que se practicaba. Y, finalmente, cuando aquí no solo se ignoraban los Derechos del Hombre, sino que era un delito de lesa majestad horrendo pronunciarlos, allí se conocían, se practicaban y se defendían con la imprenta y con las armas. ¿¿¿Y estamos en el mismo caso??? Es menester mucha estupidez, o mucha malicia para sostener esta proposición...

Me acuerdo, si es que estoy despierto, que Wáshington salió de su hacienda al tiempo de la revolución con un ejército armado a su costa, y a cuyo frente hizo prodigios de valor...me acuerdo que las Damas Americanas renunciaron voluntariamente al lujo y los géneros de Europa, por vestirse de los del país, que pagaban a más precio; me acuerdo que cuando los Ingleses atacaron Boston, corrieron los hombre de las demás Provincias a socorrerla con sus personas y su caudal, que iban montados de tres en tres los voluntarios sobre un caballo, y que hicieron volver por sus mismos dueños barcos enteros que están ya en la mar cargados de víveres para socorrer a sus hermanos; me acuerdo que cuando se impuso el inicuo derecho del Té, ningún americano lo volvió a tomar, siéndoles tan necesario como a nosotros el chocolate, y que no solo se quemó en las calles y plazas cuanto tenían los particulares, sino que el comercio quemó barcos enteros de muchísimo valor por amor de la libertad, haciendo este sacrificio a la Patria. ¿¿¿¿¿¿Y estamos en el mismo caso?????? Yo no sé si duerno o deliro, pero si estoy despierto y esto es verdad, desafío a los que quieren perdernos con el ejemplo del Norte América a que me citen un donativo, un sacrificio, una acción que medio se parezca a las que acabo de referir” [Publicado el 10 de noviembre de 1811].

 “Yo les oigo cosas tan graciosas, por no decirte ridículas, que si como se trata de un asunto tan grave, se trataran de otro de segundo orden, quisiera que no acabaran con sus salados delirios; todas las voces de Roma y de Atenas se han trasplantado bien o mal zurcidas entre nosotros, sin haberse trasplantado una de aquellas acciones que distinguieron a Temístocles y a Alcibíades y a Marcelo del común de los hombres.

Aquí me refieren planes quiméricos de grandeza: Ibagué va a ser una nueva Wáshington, Tunja será la Filadelfia del Sur, Cartagena se las disputará a Boston, si no es que se hace la capital de todo el Reino. Las dos Carolinas serán Cuenta y Pamplona, y así de las otras Provincias. Esta misma transformación la va a ver el mundo entre los individuos: hay más Fránklines, Wáshingtones y Jéffersones entre vosotros, que hubo soldados en el Norte-América. Es cierto que la libertad hace prodigios; pero jamás los ha hecho tan grandes la imaginación. Te digo la verdad: si alguna cosa me hace perder las esperanzas, es este modo manchego de pensar, y que año y medio de delirio no los haya desengañado de que sólo la moderación, la frugalidad, el estudio, la unión y la práctica de todas las virtudes cívicas y militares los puede salvar”

[Publicado el 17 de noviembre de 1811]

 


Texto 3 | CARTA DESDE GIBRALTAR

Carta desde Gibraltar a Francisco Antonio Zea. 1º de junio de 1820

 

Con cuánto placer he visto, mi antiquísimo amigo, tu manifiesto del 3 de enero de este año…Figúrate, si puedes, la impresión que me causaría su lectura, acabado de salir de una cárcel en que llevaba cuatro años encerrado sin comunicación, y sin saber, por consiguiente, la suerte de una patria adorada, por quien sufría no sólo con entereza, sino con placer…Reunión de fuerzas, acumulación de luces, y una sabia distribución del trabajo en toda la sociedad, son a mi ver, los elementos de nuestra fuerza y de nuestra futura felicidad. ¡Cuántas lágrimas he derramado, mi dulce amigo, en estos últimos seis años de prisión, no por los calabozos, hambre y cadenas con que se me ha cargado, sino por los tristes recuerdos del desperdicio que hicimos, de los medios que estuvieron a nuestra disposición en los primeros años de nuestra fácil y no esperada transformación. El tiempo preciosísimo en que sucedió, las armas que encontramos, los caudales o rentas públicas, que con esa maldita federación de retazos de terreno disipamos, todo era suficiente para habernos podido poner en una aptitud respetable que hubiera contenido a la España al hacerse la paz, y esa pantera de Morillo no se habría cebado en la sangre de tantos ilustres americanos, cuya pérdida jamás lloraremos bastante. Pero ellos ya existieron y nosotros vivimos, y nosotros debemos vengar su memoria…

El 23 de marzo se presentó a visita de cárcel mi ángel libertador. Jáuregui había padecido como yo, Jáuregui fue nombrado interinamente Gobernador de la plaza, Jáuregui decretó espontáneamente y sin ninguna solicitud mi libertad, y se complació en la obra de sus manos. No olvides jamás su nombre si todavía me estimas, yo te lo ruego. Pero ¡ah, Gobierno infame! La providencia justa, política y humana de Jáuregui se ha improbado, y yo he tenido que salir todavía fugitivo de la España, a los 26 años de haber conseguido el único decreto de mi libertad…Yo permanecí dos meses en la isla al lado de los ilustres defensores de la libertad: Quiroga, Riego, López Baños, Arco Agüero, O’Dali, Infante, Ballesa, Galiano deben tener un lugar distinguido entre nosotros; todos ellos, que son los primeros héroes de la transformación española, desean nuestra libertad y nuestra independencia con la misma sinceridad que la suya, aunque no se puedan pronunciar del mismo modo. Tu verás, por los adjuntos papeles, cómo se expresó [Alcalá] Galiano en la primera sesión que tuvimos en la Sociedad Patriótica de San Fernando, de que fui miembro y Presidente; y la mayor parte de ellos han contribuido activamente a salvarme de las garras del Gobierno constitucional de España.

También verás una de las representaciones que aquí han hecho los americanos, y el modo con que hemos hablado en otros papeles para ver si se podía a lo menos suavizar algo la acrimonia de este Gobierno contra nosotros, y que la pluma hiciera más bien lo que tiene que hacer la espada…

Yo hace cinco días que llegué a ésta y pienso permanecer aquí unos días hasta ver en este mes en qué paran las cosas de España y saber de las de por allá. Es cosa extraña, mi amigo, que aún no se haya pensado ahí en poner aquí un apoderado o persona encargada de darles razón del estado de España y de cuantas providencias se toman con respecto a América, siendo este punto el más importante y adecuado para comunicar y recibir prontas noticias. También es un descuido imperdonable no haber puesto algunos fondos para socorrer y auxiliar a tanto americano que está padeciendo por la causa de la Patria. Trata este punto urgentísimo en el día en que por todas partes no se ven sino americanos padeciendo y sin poderse largar para su tierra por falta de medios; el gobierno nada les pasa, los ha puesto en libertad y no les permite embarcarse; yo, de mis escasos ahorros y recursos, he auxiliado a cuantos he podido y ya me voy viendo apurado. En esta tengo hablado a D. Judah Benolid, comerciante de más de un millón, por interposición del excelente americano de Buenos Aires D. Andrés Arguibel, para que se haga cargo de los asuntos que de Costa Firme pongan a su cuidado. Arguibel vive en Cádiz, es un comerciante establecido allí y ha sido perseguido en esta época, tiene las más bellas cualidades del mundo y toma con sumo interés y calor todas nuestras cosas.

En Algeciras se halla de Secretario del Gobernador O’Dali, D. Francisco Carabaño, de Caracas, que en su puesto y al lado de tan digno jefe, es muy útil. En San Fernando, en la isla de León, tenemos al benemérito D. Santiago Ciervo, de Interventor de Correos; es el refugio de todo americano, sea de la parte que fuere; yo lo llamaba nuestro cónsul, porque hasta de lejos le escriben implorando su asistencia, aunque sólo tiene un miserable sueldo y está cargado de familia.

Somos cinco. Acabo de saber que O’Dali lo han nombrado Diputado en Cortes, por Puerto Rico, y a Carabaño por Caracas; este nombramiento nos quita de Algeciras a dos protectores de los desgraciados americanos que andan aquí rodando…

Yo nada tengo resuelto sobre mi persona, porque aguardo tener noticias más positivas de ahí y ver en qué paran las misas de por acá. No duermas entre tanto, emplea tu influjo y tu pluma en hacerles conocer que nuestros verdaderos y más temibles enemigos somos nosotros mismos; que de nada habría servido la rabia feroz de la España si en nosotros hubiera habido unión, concordia y juicio: juicio sobre todo, mi amigo, que es lo que más nos ha faltado. De nada sirven las luces, el patriotismo ni los sacrificios, sin juicio…Tengo en medio de mi pobreza, un acopio de lo más exquisito que ha salido en Economía Política, en Guerra y sobre Constitución; ya que yo no pueda servir de nada, servirá lo que me acompaña. ¿Cuánto diera porque a la sombra de un ceibo o de un aliso garláramos quince días seguidos!...[no] tomemos por modelos a los decrépitos gobiernos de Europa; estudiémoslos para evitar sus errores, y distingamos la opulencia y el engrandecimiento de la felicidad…Los ingleses, a mi ver, son más opulentos y poderosos que felices.

Me acaban de interrumpir con la noticia de que he salido nombrado Diputado en Cortes por la Nueva Granada. ¿Qué te parece esta monserga? Por un lado andan las requisitorias para reducirme a mi antiguo domicilio de la cárcel, y por otro soy fracción de la soberanía española.

Somos ocho. El barco va a salir y concluyo con decirte que a pesar del nombramiento de Diputados suplentes, cuya lista incluyo, más de cien americanos han protestado y no han querido votar. Todavía nos falta mucho que ver en estos dos meses, pues además de muchos descontentos –realistas puros y puros republicanos- se sabe que hay preparadas quejas y acusaciones muy fuertes contra Fernando para la reunión del Congreso Nacional. No perderé ocasión de escribirte, y entre tanto créeme lleno del Santo fuego de la Patria. Tu invariable y fiel amigo, Antonio Nariño”.


 

Bibliografía

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[1] Levantamiento popular que se extendió, entre 1780 y 1782, por distintas poblaciones del virreinato (entre ellas el pueblo de Socorro) en contra del aumento de los impuestos, del establecimiento de un nuevo “gracioso donativo” por la guerra contra Inglaterra, del mayor control de los monopolios estatales, etc. Por la intervención de algunos criollos en la rebelión –que solicitaron, entre otras peticiones, la preferencia de los hispanoamericanos en la designación de cargos públicos-  se le suele considerar un antecedente de los posteriores movimientos independentistas.

[2] Unos meses después del juicio Ricaurte es detenido y enviado a Cartagena, ciudad en la que fallecería tras cerca de una década en presidio.

[3] El último número lleva fecha del 12 de abril de 1812.

[4] En testimonio presentado ante el tribunal, Nariño añadía una nota aclaratoria: “Para que el público juzgue los 17 artículos de los Derechos del Hombre que me han causado los 16 años de prisión y de trabajos que se refieren en el antecedente escrito, los inserto aquí al pie de la letra; sin necesidad de advertir que se hicieron por la Francia libre y católica, porque la época de su publicación lo está manifestando. Ellos no tenían ninguna nota que hiciese la aplicación a nuestro sistema de aquel tiempo; pero los tiranos aborrecen la luz, y al que tiene los ojos sanos”.

[5] Es decir: que si la ley no admite más culto que el verdadero, la manifestación de las opiniones contra la religión no podrá tener efecto sin quebrantar la ley, y por consiguiente, no son permitidas por este artículo, en donde no se permita más que una religión. La Francia en tiempo de los Reyes cristianísimos era católica; pero todos sus súbditos no lo eran: había judíos y protestantes, y por esto fue preciso este artículo [Nota añadida por el propio Antonio Nariño].