web de la US

ir a la página principal del Área de Relaciones Institucionales Ir a la página Quienes Somos de la web de Extensión Universitaria Ir a la página de Protocolo de la web de Extensión Universitaria Ir a la página de Visitas Guiadas de la web de Extensión Universitaria Ir a la página de Compromiso de Calidad de la web de Extensión Universitaria Ir a la página de Otras Actividades de la web de Extensión Universitaria Ir a la página del Coro de la web de Extensión Universitaria Ir a la página de Asociaciones de la web de Extensión Universitaria Ir a la página de Premios de la web de Extensión Universitaria Ir a la página de Ayudas y Becas de la web de Extensión Universitaria

Optimizada para 1024x768 e Internet Explorer 6

Volver a Ayudas Asociaciones Universitarias

 

RESOLUCIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA DE 11 DE OCTUBRE DE 2011, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS DIRIGIDAS A FINANCIAR GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DE LAS ASOCIACIONES UNIVERSITARIAS INSCRITAS EN EL REGISTRO DE "ASOCIACIONES UNIVERSITARIAS" DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA.

Descargar Documento (pdf)

solicitudAsociaciones2011.doc

De acuerdo con lo previsto en la Disposición adicional segunda de la Normativa Básica Reguladora de las Asociaciones Universitaria de la Universidad de Sevilla, aprobado por acuerdo 7.1 Consejo de Gobierno de fecha 23 marzo de 2010, y en concreto con el contenido del apartado 2 de la misma, este Rectorado ha resuelto hacer pública la presente CONVOCATORIA DE AYUDAS A ASOCIACIONES UNIVERSITARIAS, con el propósito de contribuir a la financiación de los GASTOS CORRIENTES de aquellas registradas en la Universidad de Sevilla con arreglo a lo regulado por la citada Normativa.

BASES

1.- PARTICIPANTES.

Podrán participar en la presente Convocatoria las Asociaciones Universitarias de la Universidad de Sevilla, inscritas en el Registro de Asociaciones de la misma con anterioridad a la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes.

2.- OBJETO DE LAS AYUDAS.

Las ayudas concedidas en el marco de la presente Convocatoria serán destinadas a sufragar los GASTOS CORRIENTES DE FUNCIONAMIENTO de las Asociaciones y la compra de material inventariable o fungible necesario para el desarrollo de las actividades propias de cada Asociación, recogidas como tales en los correspondientes estatutos.

A este efecto se considerarán gastos de funcionamiento:

- Material de oficina no inventariable (sobres, papel, material de escritura, portafolios, carpetas, archivadores, etc.).
- Gastos de publicidad y difusión de la Asociación y sus objetivos.
- Material de oficina inventariable (, equipos informáticos, mobiliario, etc.)
- Gastos de mantenimiento y alquiler de locales donde estén ubicadas las sedes.

Se considerarán materiales necesarios para el desarrollo de actividades cualquier material o equipo, inventariable o no, sin el cual no se podrían desarrollar las actividades necesarias para la consecución de los fines previstos en los estatutos de la Asociación.

3.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

3.1.- Las solicitudes se dirigirán a la Sra. Vicerrectora de Relaciones Institucionales de la Universidad de Sevilla y podrán presentarse en el Registro General de la Universidad de Sevilla (San Fernando 4, C.P. 41004) o en el Registro General Auxiliar en el Pabellón de Brasil (Avenida de la Palmera, s/n).

3.2.- El plazo de presentación de solicitudes estará abierto del 17 al 31 de octubre de 2011.

3.3.- Las solicitudes se presentarán en los impresos confeccionados al efecto, que se pueden obtener en el Servicio de Extensión Universitaria o en http://institucional.us.es/extension/ayudas/solicitudAyudasAsociaciones.htm

3.4.- En cualquier caso, las solicitudes deberán presentarse acompañadas de los siguientes documentos:
a) Memoria-resumen de las actividades realizadas por la asociación durante el curso académico 2010-2011.
b) Presupuesto pormenorizado del material para el que se solicita la subvención, con breve explicación de la necesidad de su adquisición. En el mismo se presentará diferenciado el material inventariable del fungible.
c) Fotocopias compulsadas de todas las hojas que contengan asientos de fecha posterior al 30 de septiembre de 2010 y la 1ª pendiente de cumplimentar, de cada uno de los libros a que hace referencia el art. 6 de la Normativa Básica Reguladora de las Asociaciones Universitarias, sellados por el Registro de Asociaciones Universitarias de la Universidad de Sevilla.
d) Breve informe de las actividades previstas por la asociación durante el curso 2011-2012.

4.- SELECCIÓN, EXCLUSIÓN Y RESOLUCIÓN.

4.1.- El estudio y la concesión de las subvenciones corresponde a una Comisión nombrada al efecto por el Vicerrectorado de Relaciones Institucionales, la cual podrá requerir de los solicitantes cuantos datos y acreditaciones juzgue necesarios para la valoración de las peticiones presentadas.

Con carácter general, la Comisión tendrá en cuenta a la hora de otorgar las subvenciones:
- Las actividades desarrolladas en el curso anterior o en el presente año
- El número de socios activos
- La situación económica de la Asociación
- Las actividades proyectadas para el próximo curso o año natural.

4.2.- Quedan expresamente excluidas de esta convocatoria:
- Las peticiones de material para actividades concretas.
- Las peticiones de Asociaciones que no lleven totalmente al día los libros a que hace referencia el Art. 6 de la Normativa Básica Reguladora de las Asociaciones Universitarias de la Universidad de Sevilla.
- Las peticiones de Asociaciones no registradas de acuerdo con la Normativa Básica Reguladora de las Asociaciones Universitarias de la Universidad de Sevilla, en el plazo previsto en la presente convocatoria.
- Las peticiones presentadas por personas distintas al presidente o al secretario de la asociación.

4.3.- La Comisión a que hace referencia el punto 4.1, resolverá la concesión de las ayudas en el plazo máximo de un mes desde la fecha de finalización de presentación de solicitudes.

El Vicerrectorado de Relaciones Institucionales hará pública, en el tablón de anuncios del Servicio de Extensión Universitaria, la relación de subvenciones concedidas y solicitudes denegadas. Asimismo, le será comunicada a cada Asociación la resolución correspondiente.

Contra la Resolución de la Comisión podrá presentarse reclamación, en el plazo máximo de diez días desde su publicación en el tablón de anuncios del Servicio de Extensión Universitaria.

4.4.- Quedarán sin efecto las subvenciones concedidas a Asociaciones que a 15 de noviembre de 2011 no hayan justificado la ayuda concedida en la convocatoria anterior.

5.- PAGOS.

El abono de las Ayudas se realizará en un único pago, una vez practicadas las comunicaciones a que hace referencia el punto anterior.

6.- JUSTIFICACIONES.

Antes del 15 de noviembre de 2012, los beneficiarios estarán obligados a presentar en el Servicio de Extensión Universitaria los siguientes documentos:

- Informe de las actividades realizadas, acompañado de documentación acreditativa de la celebración de las mismas.

- Justificación documental suficiente de la aplicación de la ayuda a la finalidad para la que ha sido concedida (facturas originales).

- Las cantidades no justificadas deberán ser reintegradas a la Universidad de Sevilla.

La participación en la presente Convocatoria implica la aceptación de sus Bases, por lo que los beneficiarios de las ayudas quedarán obligados a su cumplimiento. En caso contrario este Vicerrectorado podrá exigir la devolución total o parcial de la ayuda.

 

LA VICERRECTORA DE RELACIONES INSTITUCIONALES,


Fdo.: Teresa García Gutiérrez