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Solicitud de Becas para Cursos de Extensión Universitaria

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RESOLUCIÓN DEL VICERRECTORADO DE RELACIONES INSTITUCIONALES DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA DE FECHA 02 DE ENERO DE 2013 POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES PARA LA SOLICITUD DE BECAS PARA LOS CURSOS DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA 2013

De acuerdo con la normativa que rige los Cursos de Extensión Universitaria de la Universidad de Sevilla, podrán beneficiarse de beca hasta el 10% de los alumnos matriculados en cada curso. A tal efecto, el Vicerrectorado de Relaciones Institucionales ha resuelto hacer pública la convocatoria de becas para los Cursos de Extensión Universitaria programados por el Centro de Formación Permanente de la Universidad de Sevilla cuyo plazo de matrícula tenga lugar durante el año 2013.

La presente convocatoria se regirá por las siguientes BASES:

A) IMPORTE DE LAS BECAS

El importe de las becas se corresponderá con el precio de matrícula del curso para el que se solicita la beca.

B) PARTICIPANTES

Podrán participar en la presente convocatoria y, por tanto, optar a beca en los Cursos de Extensión Universitaria, las personas que hayan abonado su matrícula en tiempo y forma cuya renta familiar no exceda, en función del número de miembros computables de la familia, de la que a continuación se indica, y presenten su solicitud de beca en el plazo previsto para ello en cada curso.

NIVELES DE RENTA MÁXIMA ADMITIDOS
Nº DE MIEMBROS COMPUTABLES
NIVEL DE RENTA
Familias de 1 miembro
11.937,00 €
Familias de 2 miembros
19.444,00 €
Familias de 3 miembros
25.534,00 €
Familias de 4 miembros
30.287,00 €
Familias de 5 miembros
34.370,00 €
Familias de 6 miembros
38.313,00 €
Familias de 7 miembros
42.041,00 €
Familias de 8 miembros
45.744,00 €
A partir del octavo miembro se añadirán 3.672 € por miembro computable de la familia.

En los casos en que el solicitante alegue su independencia familiar y económica, cualquiera que sea su estado civil, deberá acreditar fehacientemente esta circunstancia, los medios económicos con que cuenta y la titularidad o el alquiler de su domicilio que, a todos los efectos, será el que el alumno habite durante el curso escolar. De no justificar suficientemente estos extremos, la solicitud será objeto de denegación.

C) PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las personas matriculadas en un Curso de Extensión Universitaria que reúnan los requisitos de renta establecidos en el apartado anterior, interesadas en optar a beca, podrán presentar su solicitud por cualquiera de los procedimientos que a continuación se detallan:

- Los solicitantes que posean un certificado digital de la FNMT a través de ESTELA (Escritorio de Tramitación Electrónica de la Universidad de Sevilla) al que podrán acceder en la dirección http://estela.us.es/portal

- Cumplimentando con exactitud y veracidad el formulario dispuesto al efecto en la dirección Ir al formulario

Cualquiera que fuera la opción elegida para presentar su solicitud de beca de Cursos de Extensión Universitaria, el solicitante deberá presentar, además, la documentación que se indica a continuación en el Registro General de la Universidad de Sevilla (C/ San Fernando, 4) o en el Registro General Auxiliar en el Pabellón de Brasil (Avda. de la Palmera, s/n), dentro de los tres días naturales siguientes a la presentación de la solicitud, o bien, remitirla en el mismos plazo por correo certificado a la siguiente dirección:

UNIVERSIDAD DE SEVILLA
ÁREA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
SERVICIO DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA
C/ San Fernando, 4
41004 – Sevilla

DOCUMENTACIÓN NECESARIA

1. Fotocopia del D.N.I.
2. Impreso autorizando la consulta de los datos de Renta que figuran en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. (ANEXO I)

Con carácter general, el plazo para presentar la solicitud de beca coincidirá con el plazo de inscripción en el Curso de Extensión Universitaria para el que se solicita.

La falsedad en los datos cumplimentados o la inexactitud de los mismos implica la desestimación de la solicitud de beca.

D) SELECCIÓN DE BECARIOS/AS

Para la concesión de las becas se tendrá en consideración la menor Renta Familiar, calculada de acuerdo con lo previsto al efecto en el R.D. 1000/2012, de 29 de junio, de los/as solicitantes que hayan formalizado completamente su matrícula en el curso para el que solicitan beca. En caso de igualdad de renta tendrán preferencia los/as estudiantes de la Universidad de Sevilla y dentro de éstos los de mejor expediente académico.

En el marco de la presente convocatoria no se podrá conceder a un/a mismo/a candidato/a más de una beca por semestre natural, independientemente de los cursos en los que esté matriculado/a y su nivel de renta.

La relación provisional de becarios/as de cada curso se hará pública en el tablón de anuncios del Servicio de Extensión Universitaria y en la página Web del Centro de Formación Permanente de la Universidad de Sevilla, dentro de los 15 días naturales siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitud de beca previsto. Contra la misma se podrá reclamar en el plazo máximo de cinco días naturales desde su publicación en el tablón de anuncios de Extensión Universitaria. Una vez transcurrido dicho plazo, se hará pública la relación definitiva de becarios/as en cada curso a través de los mismos medios.

Los/as candidatos/as a beca que por la limitación de plazas figuren en la lista de espera de un curso, sólo podrán beneficiarse de beca cuando obtengan plaza en el curso por renuncia de un/a titular becario/a y, por su menor renta, le asista el derecho a la beca vacante.

E) ABONO DE BECAS

El Abono de becas se hará una vez transcurrido el plazo de reclamación previsto y practicadas las comunicaciones individuales oportunas, mediante transferencia del importe correspondiente a la cuenta bancaria que indique el/la beneficiario/a.

En Sevilla, a 2 de enero de 2013

 

La Vicerrectora de Relaciones Institucionales

Fdo.: Teresa García Gutiérrez