El alumnado, en los términos regulados por el Decreto regulador de los Precios Públicos por la prestación de servicios académicos y administrativos de la Junta de Andalucía, tendrá derecho a una bonificación equivalente al 99% del precio de los créditos aprobados en primera matrícula en el curso anterior o, en los dos últimos cursos, en el caso de Másteres.
De acuerdo con lo dispuesto en el citado Decreto de la Junta de Andalucía, esta bonificación se aplicará a alumnado de títulos oficiales de Centros propios de Universidades públicas de Andalucía, que no resulte beneficiario de la Beca de matrícula del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para el curso 2017/18. A tal efecto, el alumnado que reúna los requisitos académicos para obtener dicha beca tendrá en cuenta lo siguiente:
- Si hubiese disfrutado de beca del Ministerio durante el curso 2016/17, deberá aportar la solicitud de dicha beca para el curso 2017/18 con anterioridad al 30 de octubre de 2017.
- Si no hubiese disfrutado de beca del Ministerio durante el curso 2016/17 deberá, o bien aportar la solicitud de dicha beca para el curso 2017/18 con anterioridad al 30 de octubre de 2017, o bien presentar declaración responsable de no cumplir los requisitos económicos para su obtención, en los términos del artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
La falta de aportación de la solicitud o la falsedad, inexactitud u omisión de datos necesarios en la declaración responsable dará lugar al ingreso de la parte del precio público que se consideró bonificada, con los intereses y recargos que proceda.
Para aplicar por primera vez la bonificación será necesario, en todo caso, que se haya realizado, en el curso 2016/17, o en los cursos 2015/16 o 2016/17 tratándose de Másteres, una matriculación en Centros propios de Universidades públicas de Andalucía.
Esta bonificación se aplicará, como máximo, al número de créditos en que se matricule el alumno o alumna y exclusivamente sobre los servicios académicos, sin que pueda dar lugar, en ningún caso, a devolución de importes.
Los estudiantes que accedan por primera vez a la Universidad, no tendrán derecho a esta bonificación.
En el caso de cambio de estudios a otro Centro propio de una Universidad Pública Andaluza, se le bonificarán los créditos superados en primera matrícula en la Universidad de origen.
Si el cambio es desde una Universidad de fuera de Andalucía, una Universidad privada o un Centro Adscrito, deberá abonar los créditos en los que se matricule en el primer año antes de poder solicitar la bonificación.
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- Modelo de declaración responsable para la bonificación de créditos superados