La Junta reduce los trámites para la implantación de proyectos de energías renovables
La Junta de Andalucía va a comenzar a aplicar esta medida, que se incluye dentro del Decreto-Ley de Medidas de Reducción de Trabas Administrativas, y que supone la simplificación de la tramitación urbanística de los proyectos en la comunidad andaluza independientemente de su potencia.
Vicente Fernández, secretario general de Innovación, Industria y Energía, ha explicado que la implantación del nuevo procedimiento permitirá reducir en un 33% los requisitos exigibles en Andalucía y que pretende reactivar la actividad económica y la creación de empleo.
Así lo ha puesto de manifiesto durante su participación en una jornada previa a la asamblea general de la Asociación de Promotores y Productores de Energías Renovables de Andalucía (Aprean) en la que se han abordado las últimas actuaciones del Gobierno andaluz para favorecer el desarrollo del sector de las renovables.
Según ha explicado Fernández, esta norma plantea la modificación de ocho leyes, entre las que se encuentra la Ley 2/2007, de Fomento de las Energías Renovables y del Ahorro y Eficiencia Energética. La principal modificación de esta normativa supone la simplificación de la actuación urbanística para todas las actuaciones de generación y evacuación de energía eléctrica mediante energía renovable, independientemente de su potencia y por tanto de qué administración las autorice, siendo necesario presentar únicamente un informe favorable de la Consejería con competencia en urbanismo.
Otra de las modificaciones apuntadas por el secretario es la ampliación de la consideración de ‘Actuación de Interés Público’ a todas las instalaciones que se ubiquen en Andalucía independientemente de quien las autorice. Además, se viene a clarificar quién debe hacer determinadas actuaciones vinculadas a la ley 7/2002, de Ordenación Urbanística, de manera que la garantía necesaria para la restauración de las condiciones ambientales y paisajísticas de los terrenos se ha de establecer por resolución de la consejería competente en materia de energía, tanto si la autorización corresponde a la comunidad autónoma, como al gobierno central.
FUENTE: Agencia Andaluza de la Energía
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