¿Cómo se rige una asamblea?

Con motivo de la Asamblea de Centro que celebraremos este jueves 17 de mayo, adjuntamos el Reglamento General de Estudiantes de la Universidad de Sevilla y el artículo específico dedicado a regular esta herramienta de participación:

Artículo 10. Las Asambleas de estudiantes


1. Las Asambleas son los máximos órganos de participación y decisión de los estudiantes en sus ámbitos respectivos y estarán formadas por el conjunto de estudiantes del ámbito correspondiente.

2. La celebración de una Asamblea interrumpirá la actividad docente en su ámbito durante su desarrollo.

3. El funcionamiento de las Asambleas se regirá por las siguientes directrices:
a) El quórum necesario para su celebración y toma de decisiones será:

  • el 25% para las Asambleas de curso y de grupo,
  • el mínimo entre 280 y el 15% para las Asambleas de Centro,
  • el 5% para la Asamblea de Universidad.

b) No podrá añadirse ningún punto al orden del día fijado en la convocatoria salvo que así lo acuerde la Asamblea con la presencia de todos sus miembros.
c) Podrá autorizarse la presencia en una Asamblea, con voz pero sin voto, de miembros de la comunidad universitaria que no pertenezcan a la misma previo acuerdo de ésta.
d) Los delegados llevarán a cabo la identificación y recuento de los asistentes en el cómputo del quórum y la toma de decisiones.
e) Las decisiones se tomarán por mayoría simple, salvo en aquellos asuntos que requieran mayorías cualificadas.

4. Los estudiantes tienen derecho, previa solicitud, a la recuperación de la actividades docentes suspendidas por la celebración de Asambleas. El escrito de solicitud será dirigido al Decano o Director del Centro, quien arbitrará junto con los delegados y el profesorado afectado, las medidas necesarias para el ejercicio de este derecho.


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