FIRMA DEL COMPORMISO DOCUMENTAL:
El Real Decreto 99/2011, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, define que las universidades desarrollarán las funciones de supervisión y seguimiento del doctorando mediante un compromiso documental firmado por la universidad, el doctorando, su tutor y su director (art. 11.8). Este compromiso deberá ser rubricado a la mayor brevedad posible después de la admisión del doctorando e incluirá un procedimiento de resolución de conflictos, así como los aspectos relativos a los derechos de propiedad intelectual o industrial que se generen en el ámbito del programa de doctorado.
En desarrollo del citado decreto, la Universidad de Sevilla establece dichas funciones mediante este compromiso documental que será rubricado en el momento de la primera matrícula en concepto de tutela académica. En el compromiso quedarán recogidos el procedimiento de resolución de conflictos, los aspectos relativos a los derechos de propiedad industrial y el régimen de la cesión de los derechos de explotación que integran la propiedad intelectual (art. 11.12, Acuerdo 7.2/CG 17-6-11 por el que se aprueba la Normativa de Estudios de Doctorado).
El procedimiento para la firma de este compromiso por parte del director, tutor y doctorando será el siguiente:
- Admitido el doctorando al programa, el formulario del compromiso documental será entregado al doctorando en el momento de formalizar su matrícula en concepto de tutela académica.
- En el plazo de seis meses desde la matriculación, deberá entregar el compromiso documental firmado por su director y tutor de tesis, así como incluirlo en su documento de actividades (DAD). Esta documentación será archivada en su expediente.
El modelo de compromiso documental elaborado por la Universidad de Sevilla se encuentra disponible en:
https://www.doctorado.us.es/impresos/formularios/M05_compromiso_documental_y_supervision_RD_99.pdf
Toda la información referente a la propiedad intelectual e industrial generada durante el desarrollo y defensa de la tesis doctoral en el marco de los programas de doctorado puede ser consultada en la siguiente dirección web:
https://www.doctorado.us.es/impresos/verificacion/propiedad_intelectual_industrial_web.pdf
MATRICULA DE TUTELA:
Una vez aceptada la admisión del alumno, se procederá a la asignación del tutor que es el responsable de la adecuación de la formación y de la actividad investigadora en los inicios del programa. La Comisión Académica del programa de doctorado asignará al alumno admitido a una de las líneas de investigación del programa, teniendo en cuenta, dentro de lo posible, las preferencias manifestadas por el alumno en su solicitud. En la misma reunión, la Comisión Académica asignará un tutor al doctorando, distribuyendo equitativamente la carga de trabajo entre los profesores del programa, siendo recomendable que un tutor no tenga más de dos tutelados asignados simultáneamente para poder ejercer de esa forma un seguimiento adecuado de los mismos.
La aceptación de la solicitud de admisión junto con la asignación del tutor será comunicada por el coordinador del programa al solicitante, al tutor y a la unidad responsable de la gestión de los estudios de doctorado en la Universidad de Sevilla, en el plazo de 30 días hábiles tras la finalización del plazo establecido para la solicitud de admisión. El tutor debe ser un doctor con experiencia investigadora acreditada y deberá ser un profesor participante en el programa.
Una vez comunicada la aceptación, se realizará la matrícula de los doctorandos, que tendrá carácter anual. La matrícula se realizará en la unidad responsable de la gestión de los estudios de doctorado en la Universidad de Sevilla en concepto de “tutela académica del doctorado” en los plazos establecidos para ello.
Se incluye entre las funciones del tutor, que tutelará al doctorando, las siguientes:
- Velar por el proceso formativo del doctorando.
- Velar porque medios y procedimientos sean adecuados a la formación del doctorando durante la realización de la tesis.
- Revisar regularmente el documento de actividades del doctorando. Se considera apropiado que este documento sea revisado, al menos, tres veces durante el curso académico.
- Emitir el informe para la evaluación anual del Plan de Investigación y el documento de actividades del doctorando. Cuando el trabajo del doctorando sea adecuado, se emitirá un informe positivo; en caso de no ser adecuado el trabajo, se procurará informar con suficiente antelación durante el desarrollo del curso para que el doctorando, en acuerdo con su tutor, pueda tomar las medidas oportunas.
- Cumplimentar con 15 días de antelación a la fecha de entrega, la documentación de carácter administrativo que el doctorando requiera para proceder con sus trámites.
- Propiciar la coordinación con el director de tesis, en caso de ser otro profesor.
- Cualquier otra que pueda corresponderle.
COMPLEMENTOS FORMATIVOS:
Tal y como se ha establecido en los criterios generales de admisión a este Programa de Doctorado, una vez recibida la solicitud del candidato/a para formar parte del mismo, y una vez revisada por la Comisión Académica toda la documentación entregada, se formulará, en caso de ser necesario y por parte de dicha Comisión, una propuesta de formación complementaria. Estos complementos de formación, por un máximo de 18 créditos ECTS de investigación, estarán vinculados a determinadas materias o seminarios asociados al Máster en Gestión Estratégica y Negocios Internacionales de la Universidad de Sevilla, o en el seguimiento de los cursos ofertados en el contexto de los másteres oficiales de la Universidad de Sevilla. En términos generales, y sin perjuicio de la valoración individual de la Comisión Académica, aquellos alumnos que accedan al programa de doctorado a través de un Máster sin contenido de investigación o mediante un Grado que posea como mínimo 300 créditos, deberán cursar como complementos de formación el curso sobre “Metodología de Investigación” del Master en Gestión Estratégica y Negocios Internacionales de la Universidad de Sevilla.
Aquéllos otros estudiantes que accedan mediante la vía de estudios previos de doctorado, con suficiencia investigadora o con estudios extranjeros equivalentes en cuanto a formación y contenido, serán individualmente analizados por la Comisión. En todo caso, la Comisión Académica tendrá en cuenta en la planificación de esta propuesta si el estudiante solicita desarrollar los estudios del Programa de Doctorado a tiempo completo o parcial, o si el candidato se puede acoger a una necesidad académica especial.
A aquellos estudiantes que se les indique la necesidad de cursar determinados complementos de formación para la admisión al programa de doctorado dispondrán, como máximo, de un curso académico para superarlos. Durante ese curso académico, el estudiante tendrá consideración de doctorando mediante una admisión provisional al programa. Superados los complementos, la admisión del estudiante al programa será definitiva.
La matrícula de estudiantes de doctorado en formación dentro de un máster universitario será necesaria para aquellos doctorandos que deban realizar complementos de formación al objeto de cumplir con los requisitos de admisión que establezca el programa de doctorado. El órgano responsable del máster universitario deberá autorizar por escrito la matriculación al máster de estos estudiantes.
La matrícula de los complementos de formación se realizará en el centro al que pertenezca el máster universitario abonando los precios públicos correspondientes al curso académico en que se matriculen y se podrá simultanear con la matrícula en concepto de tutela académica para la realización de la tesis doctoral.
La no superación de los complementos de formación implicará la no admisión al programa de doctorado y la anulación de la matrícula de tutela académica. En estos casos, no se computará el tiempo empleado en el régimen de permanencia del estudiante.
Los estudiantes que realicen este tipo de matrícula para los complementos de formación constarán en las actas oficiales de calificaciones. No obstante, una vez finalizado el curso, los estudiantes solicitarán un «certificado académico» en la Secretaria del Centro, con expresión de la calificación obtenida, como acreditación de la superación de los complementos de formación establecidos.
Los complementos de formación cursados deberán constar en el documento de actividades del doctorando.