Tal como establece el convenio firmado por las universidades participantes en el Programa, los requisitos de admisión serán únicos en todas las universidades. La Comisión Académica tendrá en cuenta los requisitos de acceso y criterios de admisión que a nivel general definen los artículos 6 y 7 del RD 99/2011, así como otros requisitos y criterios adicionales que se definen a continuación.
El perfil de ingreso recomendado, que no requiere realizar complementos de formación, es el correspondiente a las capacidades y conocimientos adquiridos por aquellos que presenten como perfil de acceso una de las siguientes titulaciones:
- Máster Universitario en Sistemas de Energía Eléctrica, impartido en la Universidad de Sevilla.
- Master en Integración de las Energías Renovables en el Sistema Eléctrico, impartido por la Universidad del País Vasco.
- Master Ingeniero Industrial, impartido por la Universidad de Málaga.
- Máster Universitario en Ingeniería en Energía, impartido por la Universidad Politécnica de Cataluña.
A nivel de idiomas, el perfil de ingreso recomendado debe incluir el dominio alto (al menos a nivel técnico) del castellano y de otro idioma (preferentemente el inglés). Asimismo, la Comisión Académica tendrá en cuenta la política lingüística que pueda ser definida por cada universidad participante en el Programa.
En el caso de los solicitantes que no se ajusten al perfil de ingreso recomendado, pero que sí cumplan lo señalado en los artículos 6 y 7 del RD 99/2011, la Comisión Académica estudiará cada caso individual y lo clasificará en una de estas tres categorías:
- Perfil afín de primer orden, correspondiente a aquellos que por su formación académica y/o experiencia profesional acreditan tener unas capacidades y conocimientos equiparables a los del perfil de acceso recomendado. Los clasificados en este perfil no requerirán de la realización de complementos de formación.
- Perfil afín de segundo orden, correspondiente a aquellos que deberán realizar complementos de formación para adquirir capacidades y conocimientos equiparables a los del perfil de acceso recomendado y, en consecuencia, tener acceso al Programa de Doctorado.
- Perfil no afín, correspondiente a aquellos que no pueden tener acceso al Programa de Doctorado debido a que el perfil que presentan no es adecuado para la temática objeto de las líneas de investigación que lo componen.
La Comisión Académica será la encargada de seleccionar a los doctorandos entre aquellos que hayan solicitado la admisión al Programa y cumplan los requisitos de acceso. Los aspectos a valorar para realizar la selección serán:
- La titulación de acceso presentada y el expediente académico correspondiente.
- Adecuación del currículum vitae a la temática de las líneas de investigación del programa (experiencia profesional, publicaciones, participación en congresos, etc.).
- Conocimiento de idiomas.
- Otros méritos.
Como parte de la valoración, la Comisión Académica podrá realizar entrevistas personales en los casos en que lo considere necesario para poder valorar adecuadamente a cada solicitante. La selección se llevará a cabo teniendo en cuenta el número de plazas ofertadas en cada universidad. La Comisión Académica tendrá potestad para, de manera justificada, dejar plazas vacantes o establecer una lista de suplentes en cada universidad.
El número de plazas disponibles en cada una de las sedes es el siguiente:
- Universidad de Sevilla: 10
- Universidad del País Vasco: 8
- Universidad de Málaga: 5
- Universidad Politécnica de Cataluña: 5