Se recuerda que los gastos de inscripción (concepto 226.04) deben justificarse preferentemente mediante la presentación de factura. En el caso de que la entidad organizadora del congreso no emitiera factura, ésta deberá presentar un escrito justificativo de ello y podrá justificarse el gasto mediante original del ingreso en el Banco siendo el destinatario la entidad organizadora o la entidad patrocinadora del mismo.
Los gastos de inscripción deberán ser justificados mediante un anticipo de Caja Fija, en el caso de justificación con factura ésta deberá estar expedida a nombre de la Universidad de Sevilla. En el caso de que la factura de los gastos de inscripción esté a nombre del interesado, deberá tener en cuenta que el gasto será grabado a su nombre.
Excepcionalmente en el caso de que el centro gestor no tenga Caja Fija, podrá tramitarse este tipo de gasto mediante un ADO de pago directo, si se presentara como justificante la factura de la inscripción siempre deberá estar emitida a nombre del interesado.
Los gastos de impartición de cursos destinados a la formación tanto de profesorado como de personal de administración y servicios deben imputarse al concepto 226.06.06.