Seguimiento (PI y DAD)
Normativa de Estudios de Doctorado. Arts. 53 y 54
La organización de la formación doctoral corresponde a la EIDUS y a los programas de doctorado adscritos a ella, y deberá expresarse en las memorias de verificación de los programas, junto con los procedimientos que se establezcan para su control. La EIDUS, con carácter general, y los programas de doctorado, conforme a lo dispuesto en sus memorias de verificación, desarrollarán las actividades de formación doctoral, que comprenderán tanto la formación transversal como la específica, dentro del ámbito de cada programa, así como actividades de movilidad. En todo caso, la actividad esencial del doctorando será la investigación.
Secciones:
- Estudios » Seguimiento (PI y DAD) » Plan de Investigación
- Estudios » Seguimiento (PI y DAD) » Documento de Actividades del Doctorando
- Estudios » Seguimiento (PI y DAD) » Protocolo General de Seguimiento a tiempo completo
- Estudios » Seguimiento (PI y DAD) » Protocolo General de Seguimiento a tiempo parcial