ADMISIÓN
Procedimiento de admisión al programa
En el caso de que el número de solicitantes supere al de plazas ofertadas, la comisión académica del programa de doctorado utilizará los siguientes criterios para la selección:
Criterio 1: Adecuación del título de acceso al programa de doctorado, de acuerdo a los perfiles de ingreso establecidos
Criterio 2: Expediente académico global del título que de acceso al programa de doctorado
Criterio 3: Experiencia profesional e investigadora
El baremo utilizado en el proceso de admisión estará publicado en la página web del programa. En caso de rechazo de la admisión, este será motivado y la comisión académica enviará a la persona afectada un informe escrito justificando su decisión. Para los perfiles de ingreso 3 y 4 la comisión académica podrá exigir la realización de complementos de formación específicos para la admisión al programa, tal como se detalla en el apartado 3.4 de esta memoria.
Baremo de ponderación:
Criterios | Porcentaje |
---|---|
Criterio 1 | 40% |
Criterio 2 | 35% |
Criterio 3 | 25% |
El estudiante podrá solicitar a la comisión académica su admisión al programa como estudiante a tiempo parcial, justificando las razones que aconsejan tal consideración. De acuerdo a la normativa de la Universidad de Sevilla, en caso de que la comisión académica admita al estudiante para realizar sus estudios a tiempo parcial el presidente de la comisión académica del programa de doctorado informará de la autorización a la oficina responsable de los estudios de Doctorado de la Universidad de Sevilla. Asimismo, los estudiantes podrán solicitar mediante solicitud dirigida al presidente de la comisión académica del programa el cambio de su régimen de dedicación, dicha solicitud será considerada por la comisión y, en caso de ser autorizada por la misma, el presidente informará de dicha autorización a la oficina responsable de los estudios de Doctorado de la universidad. Quedarán excluidos de la posibilidad de ser considerados estudiante a tiempo parcial todas las personas cuya vinculación con la Universidad de Sevilla u otra universidad o entidad pública o privada impliquen obligatoriamente la realización de una tesis doctoral durante el tiempo de ejecución de la beca o contrato.
En el caso de estudiantes con necesidades educativas especiales derivadas de la discapacidad, la Unidad de Atención a Estudiantes con Discapacidad de la Universidad de Sevilla elaborará un informe que evaluará la necesidad de posibles adaptaciones curriculares, itinerarios o estudios alternativos, y podrá establecer un programa específico para el estudiante y/o recomendar una o varias áreas de la química donde realizar su trabajo de tesis doctoral.
Órgano encargado de la admisión
Comisión Académica del Programa de Doctorado.
Sede administrativa del programa
Departamento de Química Inorgánica
Contacto: Secretaría del Departamento de Química Inorgánica Ana Ramírez Fuentes / Francisco Ramos Rodríguez
doctorado_cytnm@us.es
Sistema y procedimiento de admisión para estudiantes con necesidades académicas especiales
En el caso de estudiantes que soliciten el reconocimiento de necesidades académicas especiales se deberá aportar el impreso de A07 – Solicitud de estudiante con necesidades académicas especiales debidamente cumplimentado y firmado.
Condiciones bajo las cuales los estudiantes pueden cambiar de modalidad
El estudiante matriculado en un programa de doctorado RD 99/2011 podrá cambiar de modalidad de permanencia como máximo dos veces a lo largo del desarrollo de su tesis. El procedimiento para el cambio en el régimen de dedicación deberá realizarse ante la Comisión Académica del programa mediante impreso normalizado. La solicitud de cambio podrá presentarse a lo largo del curso académico en el que se encuentre matriculado el estudiante. El cambio de dedicación será comunicado por el estudiante a la Comisión Académica del programa. La solicitud irá acompañada de documentación que justifique dicho cambio, así como del informe del tutor y/o director del estudiante en el que se indique que el cambio en el régimen de dedicación del doctorando no afectará negativamente en su formación doctoral ni en la continuación de sus estudios. Será la Comisión Académica quien autorice el cambio en el régimen de dedicación mediante informe favorable debiendo notificarlo a la Comisión de Doctorado de la Universidad de Sevilla. En caso de controversia sobre el cambio de régimen de dedicación, será la Comisión de Doctorado quien decida sobre el cambio de acuerdo con la solicitud e informe emitido. El cambio en el régimen de dedicación será efectivo a partir del siguiente curso académico en el momento de renovar la matrícula de tutela académica. El cómputo de la duración del nuevo régimen de dedicación autorizado se aplicará teniendo en cuenta los cursos académicos en los que el doctorando ha cursado en la modalidad anterior, siempre y cuando el cambio de régimen no consuma los plazos que establece el Real Decreto 99/2011 para cada una de las modalidades. Con carácter extraordinario, para aquellos estudiantes cuya solicitud de cambio de régimen exceda los plazos que el Real Decreto 99/2011 establece para cada modalidad, la Comisión de Doctorado de la Universidad de Sevilla podrá autorizar la continuación de los estudios por un plazo determinado, siempre que se den causas de fuerza mayor suficientemente acreditadas que hubiesen afectado al rendimiento académico del doctorando. Podrá solicitar el cambio en el régimen de permanencia de tiempo completo a tiempo parcial el estudiante que se encuentre en cualquiera de las siguientes condiciones:
– Adquirir la condición de estudiante con necesidades académicas especiales especificadas en el artículo 2 de las presentes normas.
– Terminar el periodo de disfrute de una beca o contrato que implique obligatoriamente la realización de la tesis y encontrarse en algunos de los supuestos que permiten ser estudiante a tiempo parcial.
– Cualquier otro supuesto que el estudiante pueda acreditar y se ajuste a la normativa.
Podrá solicitar el cambio en el régimen de permanencia de tiempo parcial a tiempo completo el estudiante que se encuentre en cualquiera de las siguientes condiciones:
– Disfrutar de la beca o contrato que implique obligatoriamente la realización de la tesis doctoral.
– Cualquier otro supuesto que el estudiante pueda acreditar y se ajuste a la normativa.
El reconocimiento de estudiante a tiempo parcial o el cambio en la permanencia del estudiante no implicará compromiso alguno en la modificación de la duración de contratos o becas, que estará establecida en lo que disponga la convocatoria correspondiente.
Asignación tutor y director de tesis
En el Acuerdo 7.2/CG 17-6-11, por el que se establece la Normativa de estudios de doctorado de la Universidad de Sevilla, se recoge en el artículo 11.2 que será la comisión académica del programa la responsable de la aceptación de solicitudes al programa. Junto a la aceptación de la solicitud de admisión, dicha comisión deberá asignar el tutor al estudiante.Tanto la asignación del tutor como la admisión al programa serán comunicadas por el coordinador del programa al solicitante y a la unidad responsable de la gestión de los estudios de doctorado en la Universidad de Sevilla, en el plazo de 30 días hábiles tras la finalización del plazo establecido para la solicitud de admisión.Posteriormente, en el plazo de 6 meses, la comisión académica del programa nombrará al director de tesis e informará de ello al doctorando y a la unidad responsable de los estudios de doctorado de la Universidad de Sevilla. Para la asignación del tutor y del director, se tendrá en cuenta lo establecido en el RD 99/2011, así como en la normativa de estudios de la US, tal y como se recoge en el artículo 5.a del Acuerdo 9.1. /CG 19-4-2012, por el que se establece la normativa reguladora del régimen de tesis doctoral:
El director de la tesis, y en su caso el tutor, deberán reunir las condiciones que en cada regulación legal le resulten de aplicación para dirigir la tesis doctoral a estudiantes que cursen programas de doctorado regulados conforme al RD 99/2011 se deberán cumplir los requisitos establecido en la Normativa de estudios de doctorado dictada en desarrollo del mismo (Acuerdo 7.2/CG 17-6-11).
No obstante, se valorará para la asignación del tutor y el director de tesis la adecuación del currículum del estudiante (u otra documentación que presentase), a las líneas o temáticas de investigación del profesorado participante en el programa, tratando de lograr el mayor grado de ajuste. En cualquier caso, se tendrá en cuenta las preferencias del estudiante indicadas en los documentos presentados para la admisión al Programa.
Enlace a las normas de permanencia