Legislación
La siguiente legislación es la que justifica tanto la creación del Aula de Cultura como el correspondiente derecho a
constituirse como asociación (en este caso, asociación universitaria de la Universidad de Sevilla).
- Constitución Española (enlace), que en su Artículo 22 reconoce el Derecho de Asociación.
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Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación
(enlace). El punto más importante es el Artículo 7, que indica qué extremos deben
recogerse en los Estatutos de una Asociación.
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Ley 4/2006, de 23 de junio, de Asociaciones de Andalucía (enlace). Muy similar a la anterior, recoge el derecho
de asociación en Andalucía, incluyendo tan solo leves diferencias con respecto a la LO a nivel nacional.
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Reglamento General de Actividades de Asistencia a la Comunidad Universitaria de la Universidad de Sevilla
(enlace).
Aquí hay dos partes de notable importancia:
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El Artículo 18 trata sobre las Aulas de Cultura, define su creación y "obliga" al CICUS a dotarlas de presupuestos. También permite a las Aulas
elegir a un representante, hace necesario que las actividades estén abiertas a toda la Facultad, e indica
que pueden recibir asesoramiento del SACU para lo que necesiten. También habla de la CUAC, proyecto hoy en día abandonado pero que se ha intentado renovar.
- La Disposición Adicional Segunda establece que deberá crearse un reglamento para regular las Asociaciones Universitarias. Este reglamento es la...
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Normativa Básica Reguladora de las Asociaciones Universitarias de la Universidad de Sevilla (enlace).
En esto se apoya la constitución como Asociación del Aula de Cultura.
Esta normativa permite, por ejemplo, establecer como domicilio la Facultad de Matemáticas, y en la Disposición Adicional Tercera
permite específicamente a las Aulas de Cultura constituirse como Asociaciones Universitarias.
Actas de reuniones
Tal y como aparece en los estatutos, es labor del Secretario tomar acta de todo lo dicho en las reuniones. Esas actas podrán consultarse en esta sección en un futuro.