Los criterios y el baremo se ajustan a la Memoria de Verificación del Programa y se aplicarán bajo el supuesto de que los alumnos cumplan con los requisitos establecidos en la legislación vigente y que se resumen en el Art. 6 del RD 99/2011
https://www.boe.es/boe/dias/2011/02/10/pdfs/BOE-A-2011-2541.pdf
Para el acceso al Programa de Doctorado será necesaria una puntuación mínima de 65 puntos, que se podrá obtener como sigue:
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25 Puntos: Carta de un profesor del programa manifestando su interés en tutelar y/o dirigir la investigación del solicitante.
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Hasta 50 Puntos: Afinidad de la titulación a las líneas de investigación del Programa de Doctorado
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Hasta 15 Puntos: Expediente Académico de acuerdo a la siguiente fórmula:
Puntuación = A x C x 15
Donde:
A = 1 si el estudiante está en posesión de un título de Master afín.
A = 0,8 si el estudiante no está en posesión de un título de Master afín pero acredita estudios de Grado afines con al menos 300ECTS que incluyan créditos de formación en investigación.
C = Nota media del expediente académico normalizada respecto al fondo de escala. En el caso de alumnos con Master se computará solo la nota del Master.
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Hasta 3.75 Puntos: Conocimiento la lengua inglesa, con los siguientes niveles:
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Certificado C1 = 100% de los puntos
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Certificado B2 = 75% de los puntos
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Certificado B1 = 50% de los puntos
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Estos niveles deben ser acreditados mediante Certificación Oficial. La certificación de superación del TOEFL se evaluará como el Certificado B2.
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Hasta 3.75 Puntos: Experiencia Profesional y/o Investigadora, con los siguientes apartados y correspondientes porcentajes:
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Docencia Universitaria = hasta 20%
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Contratos Profesionales = hasta 20%
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Becas de Posgrado = hasta 20%
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Publicaciones en Revistas = hasta 20%
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Participación en Congresos = hasta 20%
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Cada uno de estos apartados es modulable hasta el máximo (100%) si las aportaciones cuantitativas o cualitativas son extraordinarias a juicio de la Comisión.
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Hasta 2.5 Puntos: Otros Méritos, con los siguientes apartados y correspondientes porcentajes:
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Otras Titulaciones = hasta 20%
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Becas de Investigación = hasta 20%
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Becas en Empresas = hasta 20%
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Otros Idiomas = hasta 20%
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Cursos de Especialización = hasta 20%
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Cada uno de estos apartados es modulable hasta el máximo (100%) si las aportaciones cuantitativas o cualitativas son extraordinarias a juicio de la Comisión.