El acceso al Programa de Doctorado sigue lo estipulado en la regulación establecida con carácter nacional en el artículo 6 del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado. Adicionalmente, se aplicarán las siguientes normas particulares en función de la universidad en la que se realice la matrícula:
- Universidad de Sevilla. Los alumnos deberán contemplar lo indicado en el Capítulo 1 de la Normativa de Estudios de Doctorado aprobada en el Acuerdo 6.1/CG, de 23 de julio de 2019.
- Universidad del País Vasco. Los alumnos que deseen participar en este programa de doctorado deberán cumplir lo contemplado en el Capítulo II de la Normativa de Gestión de las Enseñanzas de Doctorado aprobada en el acuerdo de 12 de diciembre de 2019, del Consejo de Gobierno de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea.
- Universidad de Málaga. Los alumnos que quieran realizar su matrícula en la Universidad de Málaga deberán contemplar lo indicado en el Capítulo de la normativa de los estudios de doctorado aprobado en el consejo de gobierno en su sesión de 9 de octubre de 2012 y sucesivas modificaciones.
- Universidad Politécnica de Cataluña. Los alumnos que deseen acceder al programa deben contemplar el punto cuarto de la normativa académica de los estudios de doctorado, recogida en el Acuerdo número CG/2019/05/19 del Consejo de Gobierno.
El número de plazas disponibles en cada una de las sedes es el siguiente:
- Universidad de Sevilla: 10
- Universidad del País Vasco: 8
- Universidad de Málaga: 5
- Universidad Politécnica de Cataluña: 5