Permanencia

La permanencia de los estudiantes dentro del Programa de Doctorado estará de acuerdo a lo establecido en la normativa correspondiente a cada una de las universidades que será, entre otros factores, dependiente del régimen de dedicación de los mismos. De forma particular:

  • Universidad de Sevilla. Los estudiantes matriculados en la Universidad de Sevilla se regirán por lo establecido en los artículos 41 a 47 de la Normativa de Estudios de Doctorado aprobada en el Acuerdo 6.1/CG, de 23 de julio de 2019. https://doctorado.us.es/estudios/permanencia
  • Universidad del País Vasco. Según acuerdo del 17 de marzo de 2016, del Consejo Social de la Universidad del País Vasco, se aprueba la normativa de permanencia del alumnado en las enseñanzas de Doctorado.También, se citan los aspectos relativos a evaluación y permanencia de Doctorado en el artículo 12, Capitulo III, de la Normativa de Gestión de la Enseñanzas de Doctorado, aprobada por acuerdo de 12 de diciembre de 2019, del Consejo de Gobierno de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea. https://www.euskadi.eus/bopv2/datos/2016/04/1601621a.pdf
  • Universidad de Málaga. Las normas de permanencia para los estudios de doctorado en la Universidad de Málaga vienen recogidas en la siguiente normativa que regulan los estudios de doctorado aprobado en el consejo de gobierno en su sesión de 9 de octubre de 2012 y sucesivas modificaciones: Artículo 12 del Reglamento de los Estudios de Doctorado de la Universidad de Málaga y Secciones III y IV de la Guía de Buenas Prácticas de los Programas de Doctorado de la Universidad de Málaga.
  • Universidad Politécnica de Cataluña. Los criterios de permanencia de los alumnos que pertenecen al programa vienen regulados en el punto nueve de la normativa académica de los estudios de doctorado, recogida en el Acuerdo número CG/2019/05/19 del Consejo de Gobierno. https://doctorat.upc.edu/es/doctorandos/tramites