Los estudiantes que reúnan los requisitos de acceso y admisión podrán solicitar la admisión al programa de Doctorado en Derecho, para el cual se establecerá un plazo de preinscripción. La mencionada solicitud se presentará en el lugar que señale la convocatoria, indicando en la matrícula si solicitan cursar el programa a tiempo completo o a tiempo parcial. Finalizado este plazo, la Comisión Académica realizará una propuesta de alumnos admitidos, con la suya correspondiente lista de espera, de acuerdo con los criterios de selección establecidos en el programa. Dicha propuesta se considerará como relación provisional de admitidos se hará pública.
Los aspirantes no admitidos podrán presentar una reclamación en el plazo y forma establecidos en la correspondiente convocatoria de matrícula. Transcurrido el plazo de reclamaciones y resueltas estas, se remitirá la relación de alumnos admitidos al órgano de gestión de alumnos correspondiente, a efectos de poder formalizar su matrícula en el plazo que se señala. De no formalizar su matrícula, el solicitante decaerá en sus derechos.
En cualquier momento el estudiante a TP podrá solicitar a la Comisión académica su incorporación a TC, para lo cual ésta adaptará los plazos, las actividades y requisitos del programa a las específicas circunstancias que concurran en el estudiante, según conste en su Documento de Actividades.
Matrícula en el programa de doctorado:
Los doctorandos admitidos en un programa de doctorado deberían haberse matriculado, de ser el caso, de las actividades formativas determinadas por la Comisión Académica del Programa de Doctorado (en adelante CAPD) y anualmente por el concepto de tutela académica del doctorado, tras la evaluación positiva de la CAPD, en la unidad de gestión y de acuerdo con el procedimiento y calendario que la Universidad establezca a tal efecto.
En el caso de que un doctorando no realice la matrícula anual en un curso académico, causará baja definitiva en el programa, salvo en los casos previstos por baja temporal en el programa. La matrícula de tutela académica otorga al doctorando el derecho a la tutoría académica, a la utilización de los recursos necesarios para el desarrollo de su trabajo y a la plenitud de derechos previstos por la normativa para los estudiantes de doctorado.
Corresponde a la Comunidad Autónoma fijar las tasas académicas por los estudios conducentes a la obtención de títulos oficiales en la enseñanza universitaria, que tendrán la consideración de precios públicos.
Períodos de matrícula: Respecto a los períodos de matrícula, habrá dos períodos de matrícula ordinarios para doctorandos de nuevo ingreso: uno al comienzo del primer cuatrimestre y otro a comienzo del segundo cuatrimestre del mismo curso académico. La Comisión Académica del programa podrá solicitar a la universidad cada curso académico que no se habilite el segundo período de matrícula para alumnos de nuevo ingreso. Los plazos para el pago de los precios públicos serán los fijados en la resolución rectoral de la correspondiente universidad.
La lengua vehicular básica del programa es el castellano. Se utilizarán el inglés en la medida que lo exija la investigación emprendida. En razón de ello se considera suficientemente acreditado el conocimiento lingüístico a través del título de grado.
Procedimiento y criterios de admisión para los estudiantes a tiempo parcial
El procedimiento de admisión se iniciará con la solicitud de admisión a un programa de doctorado de la Universidad de Sevilla. Dicha solicitud deberá realizarse mediante impreso normalizado en los plazos que se establezcan para ello. En dicho impreso el estudiante deberá seleccionar el régimen de permanencia en el programa aportando la correspondiente documentación justificativa.
Será la Comisión Académica del programa la que, una vez recibidas las solicitudes de admisión, tendrá que autorizar qué estudiantes cursarán los estudios de doctorado a tiempo parcial; aquellos estudiantes que sean autorizados por la Comisión Académica del programa para realizar sus estudios a tiempo parcial formalizarán su matrícula en concepto de tutela académica en los plazos establecidos para ello.
Las controversias que surjan en cuanto a la admisión de estudiantes a tiempo parcial, serán resueltas por la Comisión de Doctorado de la Universidad de Sevilla.
Los criterios de admisión para los estudiantes a tiempo parcial serán los mismos que para el resto de estudiantes que acceden a los estudios de doctorado. Únicamente quedan excluidos de la posibilidad de ser considerados estudiante a tiempo parcial todas las personas cuya vinculación con la Universidad de Sevilla u otra universidad o entidad pública o privada impliquen obligatoriamente la realización de una tesis doctoral durante el tiempo de ejecución de la beca o contrato.
Todo lo referente a los estudiantes a tiempo parcial en los estudios de doctorado de la Universidad de Sevilla se encuentra disponible en:
https://www.doctorado.us.es/impresos/verificacion/NORMAS%20DE%20PERMANENCIA_web.pdf
Procedimiento y condiciones para el cambio en el régimen de permanencia del estudiante.
El procedimiento para cambiar el régimen de permanencia del estudiante de doctorando deberá realizarse ante la Comisión Académica del programa mediante impreso normalizado. La solicitud de cambio podrá presentarse a lo largo de todo el curso académico en el que se encuentre matriculado el estudiante. Dicha solicitud irá acompañada de documentación que justifique dicho cambio, así como del informe del tutor y director del estudiante en el que se indique que el cambio en el régimen de permanencia del doctorando no afectará negativamente en su formación doctoral ni en la continuación de sus estudios.
Será la Comisión Académica quien autorice el cambio en el régimen de permanencia mediante informe favorable debiendo notificarlo a la Unidad responsable de los estudios de doctorado de la Universidad de Sevilla. En caso de controversia sobre el cambio de régimen de permanencia, será la Comisión de Doctorado de la Universidad de Sevilla quien decida sobre el cambio de permanencia en base a la solicitud e informe emitido.
El cambio en el régimen de permanencia será efectivo a partir del siguiente curso académico en el momento de renovar la matrícula de tutela académica. A efectos de permanencia en el programa, el cómputo del nuevo régimen se sumará a los cursos académicos ya superados por el estudiante.
Podrá solicitar el cambio en el régimen de permanencia de tiempo completo a tiempo parcial cualquier estudiante que adquiera cualquiera de las siguientes condiciones:
- Adquirir la condición de estudiante con necesidades académicas especiales.
- Terminar el periodo de disfrute de una beca o contrato que implique obligatoriamente la realización de la tesis.
- Cualquier otro supuesto que el estudiante pueda acreditar y se ajuste a la normativa.
Podrá solicitar el cambio en el régimen de permanencia de tiempo parcial a tiempo completo cualquier estudiante que adquiera cualquiera de las siguientes condiciones:
- Disfrutar de la beca o contrato que implique obligatoriamente la realización de la tesis doctoral.
- Cualquier otro supuesto que el estudiante pueda acreditar y se ajuste a la normativa.
Todo lo referente a las normas de permanencia en los estudios de doctorado de la Universidad de Sevilla se encuentra disponible en:
https://www.doctorado.us.es/impresos/verificacion/NORMAS%20DE%20PERMANENCIA_web.pdf