Requisitos de acceso, criterios de admisión y perfil de ingreso recomendado

LOS ESTUDIANTES QUE DESEEN SER ADMITIDOS AL PROGRAMA DEBERÁN:

 

Documentación general necesaria

  • Fotocopia del DNI, NIE (o en su defecto, Pasaporte para estudiantes extranjeros).
  • Fotocopia del título con el que accede a los estudios de doctorado y certificado de notas. Los estudiantes extranjeros ajenos al EEES que no tengan el título homologado o declarado equivalente al nivel académico de Máster/Doctor deberán solicitar la autorización previa al Rector de la Universidad de Sevilla entregando por Registro General la solicitud de autorización previa y el certificado de acreditación de estudios
  • Acreditación de Estudios Universitarios oficiales previos (Grado, Licenciatura, Diplomatura, etc). Se requerirá el título de los estudios previos (o resguardo de abono de derechos de expedición) y certificado de notas.
  • Acreditación justificativa para ser considerado estudiante a tiempo parcial. En el caso de estudiantes que soliciten el reconocimiento de necesidades académicas especiales se deberá aportar el impreso de A07 - Solicitud de estudiante con necesidades académicas especiales debidamente cumplimentado y firmado
  • Documentación específica requerida por la comisión académica del programa de doctorado

Toda la documentación (general y específica) deberá ser adjuntada por el interesado en su solicitud de admisión a través de la Plataforma de Admisión a los estudios de Doctorado dentro del plazo de solicitud de admisión establecido en el calendario académico.

 

Documentación específica para la admisión

Junto a la solicitud de admisión y la documentación general se debe adjuntar para la admisión al programa de doctorado:

  • Currículum vitae indicando experiencia profesional e investigadora, publicaciones, formación impartida y recibida.
  • Carta de motivación, indicando el ámbito de interés para realizar la tesis doctoral, la experiencia previa en dicho ámbito y una propuesta de proyecto de tesis y programa de trabajo (incluyendo posibles contactos previos con un posible tutor/director y posibilidades de financiación).
  • Documento acreditativo de un nivel B1 de conocimiento de lengua inglesa que le permita el seguimiento.

 

REQUISITOS DE ACCESO Y CRITERIOS DE ADMISIÓN

A) Acceso:

Para acceder* al programa de doctorado regulado por el R.D. 99/2011 será necesario, con carácter generales.

  • Estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario, o equivalente, siempre que se hayan superado, al menos, 300 ECTS en el conjunto de estas dos enseñanzas.

También podrán acceder a un programa de doctorado quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

  • Estar en posesión de un título universitario oficial español o del EEES que habilite para el acceso a Máster y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de los estudios universitarios oficiales, de los que al menos 60 deben de ser de nivel de Máster.
  • Estar en posesión de un título oficial español de Graduado o Graduada, cuya duración, conforme a las normas de derecho comunitario, sea de al menos 300 créditos ECTS y se encuentre incluida en la Directiva Europea 2005/36/EC. Estos títulos de Grado son: Medicina, Veterinaria, Farmacia, Arquitectura y Odontología. Si obtienen la admisión a un programa de doctorado deberán cursar con carácter obligatorio complementos de formación, salvo que el plan de estudios del título de Grado incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en valor formativo a los créditos en investigación procedentes de estudios de Máster.
  • Los titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación en el programa de la especialidad en Ciencias de la Salud
  • Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará la homologación del título previo ni su reconocimiento a otros efectos. Consultar Títulos Extranjeros.
  • Estar en posesión de otro título español de Doctor obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias.
  • Ser estudiante de doctorado conforme a anteriores ordenaciones universitarias previa admisión de la universidad correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el RD 99/2011 y en la normativa de la propia universidad (periodo formativo de 60 ECTS en programa de doctorado RD 1393/2007).
  • Licenciados, Arquitectos o Ingenieros que estuvieran en posesión del Diploma de Estudios Avanzados obtenido de acuerdo con lo dispuesto en el R.D. 778/1998 o hubieran alcanzado la suficiencia investigadora regulada en el R.D. 185/1985.
  • Estar en posesión de un título universitario oficial que haya obtenido la correspondencia al nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones parea la Educación Superior, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Real Decreto 889/2022,de 18 de octubre. Consultar: Correspondencia entre Títulos Universitarios Oficiales (pre-Bolonia) y niveles MECES

En aplicación del art. 3.5 de la Normativa de matrícula del curso actual podrán solicitar la admisión a un programa de doctorado RD 99/2011 aquellos estudiantes que estén en condiciones de obtener el requisito de acceso antes de la finalización del plazo de matrícula.

 

B) Admisión:

Como es bien conocido, dentro de la rama de ciencias jurídicas y sociales existen títulos diferentes al de Derecho que tienen prevista en algunos casos una formación jurídica preponderante y en otros no porque han optado por un perfil socioeconómico perfectamente coherente con enseñanzas como la criminología, gestión y administración pública y relaciones laborales y recursos humanos. Por eso los egresados de estas titulaciones podrían orientar su formación doctoral en coherencia con esa formación previa, hacia diversos programas de doctorado: o bien de un perfil socioeconómico o, por lo que a este programa interesa, jurídico. En definitiva: la investigación avanzada en un programa de Doctorado en Derecho debe partir de una previa formación jurídica; por ello se establecen umbrales mínimos de formación jurídica en Grado y en máster como requisitos de admisión que garanticen la coherencia científica e investigadora del programa.

 

C) Criterios de admisión:

Conforme al artículo 7.1 del Real Decreto 99/2011, se establecen como requisitos específicos de admisión que la titulación de Grado tenga un contenido jurídico de al menos 120 ECTS y que el Máster Universitario (o la titulación alternativa que haya servido de vía de acceso dentro de las recogidas en el artículo 6.2 del Real Decreto 99/2011) se haya obtenido en el ámbito de las ciencias jurídicas para lo cual se establece el umbral mínimo de 45 ECTS de contenido jurídico cursados en el mismo. La comisión académica, de modo excepcional, podrá admitir al programa a aquellos estudiantes que hayan realizado al menos 108 créditos ECTS de contenido jurídico en sus estudios de Grado.    

En el caso de no llegarse al umbral mínimo de 45 créditos ECTS en los estudios de máster se podrán realizar los créditos restantes mediante los complementos de formación. Asimismo serán necesarios complementos de formación de carácter investigador en los másteres jurídicos exigidos legalmente para el acceso a una profesión. Podrán ser admitidos a los estudios de doctorado conforme al RD 99/2011, los Licenciados en Derecho que estuvieran en posesión del Diploma de Estudios Avanzados obtenido de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto778/1998, de 30 de abril, o hubieran alcanzado la suficiencia investigadora regulada en el Real Decreto 185/1985,de 23 de enero; siempre que uno u otro lo hubieran obtenido en programas de contenido jurídico.

Entre los estudiantes que cumplan los requisitos de acceso y los requisitos específicos de admisión, las plazas ofertadas se asignarán mediante la aplicación de los siguientes criterios, que se enumeran especificando las reglas de valoración y su peso respectivo en la puntuación total:

1.º Adecuación del perfil académico al Programa de Doctorado.- 50 por 100. Distribuido de la siguiente manera:

A. Adecuación de los estudios de Grado realizados al contenido jurídico del Programa de Doctorado. 20 por 100. A los Graduados en Derecho, se les otorgará en este apartado la máxima valoración. Para los titulados en estudios diferentes a los de Derecho, la valoración se emitirá en función del peso relativo de las disciplinas jurídicas en el conjunto de los créditos del título cursado.

B. Adecuación de los estudios de Máster realizados al contenido jurídico del Programa de Doctorado. 20 por 100. La valoración se emitirá en función del peso relativo de las disciplinas jurídicas en el conjunto de los créditos del título cursado.

C. Adecuación de los estudios de Grado y Máster realizados a la línea de investigación y al objeto de la investigación proyectada. 10 por 100. En relación con este criterio de valoración, se entiende que existe adecuación entre las titulaciones y las siguientes áreas de conocimiento o temas de investigación: Gestión y Administración Pública únicamente con Derecho Administrativo y Derecho Financiero y Tributario; Criminología únicamente con Derecho Penal y Derecho Procesal; Relaciones Laborales y Recursos Humanos únicamente con Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Este requisito resulta excluyente para puntuaciones inferiores a 5 sobre 10.

2.º Nota media del expediente académico de Grado y Máster.- 30 por 100.

3.º Publicaciones y asistencia a eventos científicos adecuados al Programa.- 10 por 100.

4.º Conocimiento de idiomas.- 5 por 100.

5.º Actividad profesional adecuada al Programa y otros méritos.- 5 por 100.

 

El proceso de admisión será competencia de la Comisión Académica del Programa de Doctorado.

 

PERFIL DE INGRESO RECOMENDADO


1.º Capacidades y conocimientos previos en el ámbito del Derecho. Las titulaciones que habrá debido cursar el estudiante en el primer y segundo ciclos son las siguientes:


a) Primer ciclo. El perfil recomendado es el de Graduado en Derecho, pero también pueden ingresar en el Programa quienes hayan cursado otros estudios de Grado en la medida en que contengan una acusada formación jurídica (Gestión y Administración Pública, Criminología, Relaciones Laborales y Recursos Humanos, etc.).


b) Segundo ciclo. Máster Universitario oficial en el ámbito de las ciencias jurídicas. Si el estudiante tiene formación jurídica previa, pero no alcanza la intensidad suficiente, en los términos previstos en los criterios de admisión, deberá desarrollar los Complementos de Formación correspondientes.


2. º Capacidades y conocimientos previos de inglés a nivel B 1