Seguimiento del doctorando

Todas las actividades académicas que vaya a realizar el doctorando deben estar autorizadas por el tutor o director de la tesis doctoral que comunicará a la Comisión Académica en un documento donde se expliciten la carga de trabajo y el procedimiento para la evaluación de la misma.

Una vez que el doctorando inscriba formalmente su Proyecto de Investigación, deberá entregar a la Comisión Académica del Programa, la programación anual con las actividades y avances a realizar durante ese curso académico, con el visto bueno de su director/a y/o tutor/a.

Anualmente, la Comisión Académica del Programa, evaluará el Plan de Investigación y el registro de actividades, junto con los informes, que a tal efecto, deberán emitir el tutor y el director. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el Programa. Esta evaluación será comunicada anualmente, en los plazos previstos para ello, a la unidad responsable de los estudios de doctorado.

En esta valoración se tendrá en cuenta el grado de cumplimiento y la evaluación de las actividades formativas y el informe realizado por Comisión de Seguimiento, tras la evaluación de los avances en la tesis que haya presentado a la misma el doctorando (las evaluaciones de las comisiones de seguimiento se realizarán, preferentemente, en el mes de julio, si bien se podrá aprovechar la visita de profesores internacionales para adecuar la fecha).

Si las actividades formativas realizadas pertenecen a las establecidas por el Programa en su plan anual, será suficiente la evaluación realizada por el director académico de la misma. En el caso en el que la actividad realizada tenga carácter individual, tendrá que contar con la autorización y valoración del director de tesis y la acreditación de su participación y evaluación por parte del responsable académico de la actividad, mediante un certificado en el que se detalle el aprovechamiento de la misma.

Tras la evaluación anual, la Comisión Académica, en un documento único para cada doctorando, anotará las características de cada actividad, la carga de trabajo, la evaluación obtenida y las observaciones oportunas, dicho documento tendrá carácter de acta, estará sometido a un control centralizado y será custodiado por las universidades.

Si en el transcurso del curso académico, se produjeran modificaciones significativas al plan de trabajo presentado, estas deberán ser comunicadas por el doctorando, con el visto bueno de su director/a, a la Comisión Académica, que comunicará su resolución en el plazo máximo de 20 días.

Con carácter optativo, pero con el compromiso de procurar que ocurra en todos los casos, los doctorandos participarán en programas de movilidad a nivel nacional o internacional. Estas estancias se programarán conjuntamente entre los doctorandos y sus directores y tendrán una duración de al menos 6 meses. El objetivo de las mismas es profundizar en técnicas y metodologías y, en su caso, el desarrollo de parte de la investigación objeto de la tesis doctoral en colaboración con otros laboratorios y centros, lo que permitirá a los doctorandos optar a la mención de “Doctor Internacional”. En la medida de lo posible se solicitarán las ayudas de diferentes programas de movilidad.

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