Reconocimiento docente por dirección de tesis doctorales
En desarrollo del artículo 12 apartado 4 de la Normativa de Estudios de Doctorado de la Universidad de Sevilla (Acuerdo 7.2/CG 17#6#11) y para la consecución de la verificación de los Programas de Doctorado conforme al Real Decreto 99/2011 de 28 de enero por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, SE PROPONE que:
En la confección de los Planes de Asignación del Profesorado, la dirección o codirección de tesis doctorales se reconozca y contabilice dentro del encargo docente del director o directora en una cantidad de 15 horas anuales (1’5 créditos) por cada una de las tesis dirigidas que hubieran sido defendidas y aprobadas en los dos cursos inmediatamente anteriores.
Como máximo, se computarán 30 horas (3 créditos) por profesor o profesora y por curso académico.
En caso de codirección, dichas horas se repartirán de forma equitativa entre el profesorado que haya asumido las funciones de dirección.
Este reconocimiento comenzará aplicarse en los Planes de Asignación de Profesorado a los Planes de Organización Docente del curso 2013/2014 y, por tanto, vendrá referido a las tesis defendidas y aprobadas en los cursos 2010/2011 y 2011/2012.
La función de tutorización prevista en los programas de doctorado derivados del RD 99/2011, cuando se ejerce por persona distinta al director de tesis, se tendrá en cuenta para la elaboración de los PAP a los POD, reconociéndose dentro del encargo docente del tutor una hora (0’1 créditos) por cada doctorando y curso académico, pudiendo aplicarse este reconocimiento durante los tres primeros cursos en los que el doctorando es tutorizado.
Por esta función se reconocerán como máximo 5 horas (0’5 créditos) por tutor o tutora y por curso académico.
El reconocimiento se realizará en el curso académico siguiente al que se ha ejercido la labor de tutorización.